INVERSIONES LA CHIMENEA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de abril de 2022
- Repertorio
- 5044
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- Novena Notaría Pública de San Miguel
- Comuna
- Pública
Sociedad
- Capital
- $188.701 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- 5 años contados desde la fecha de la escritura que se extracta, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, salvo que uno de los socios, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento del plazo inicial o de la prórroga respectiva, manifieste su voluntad de terminar la sociedad, mediante una declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio de Santiago
- Ley aplicable
- Ley N°19.499
Objeto social
será i)La realización de inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena, tanto en Chile como en el extranjero; y formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones, y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, y la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos y de cualquier otro beneficio que los accionistas acuerden; ii) podrá, asimismo, celebrar los contratos y actos jurídicos que en general sean necesarios para dichos fines
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don AUGUSTO SANTIAGO RICHARD HURTADO
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Inversiones Panguipulli Uno Limitada | socio | 76120346-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría Pública de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, Comuna de San Miguel, certifica: que con fecha 9 de agosto de 2022, Repertorio N°5044, ante mi Suplente GISSELLE CECILIA MÁRQUEZ LEÓN, doña MARÍA BELÉN RICHARD HURTADO, C.I. 17.404.594-1; don JOSÉ MIGUEL RICHARD HURTADO, C.I. 17.699.941-1; don CRISTÓBAL RICHARD HURTADO, C.I. 18.390.376-4; y don AUGUSTO SANTIAGO RICHARD HURTADO, C.I. 19.246.242-8, todos por sí y en representación de Inversiones Panguipulli Uno Limitada, RUT 76.120.346-0; domiciliados para estos efectos en Pasaje Basel N°788, casa A, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana, otorgaron escritura pública de saneamiento de la sociedad “INVERSIONES LA CHIMENEA LIMITADA”, (en adelante la “Sociedad”), RUT 77.618.567-1, en la cual: i) De conformidad a la Ley N°19.499, se subsanó el vicio formal derivado del incumplimiento de la solemnidad legal consistente en la inscripción y publicación oportuna del extracto de constitución de dicha sociedad, que fue constituida por escritura pública de fecha 28 de abril de 2022, otorgada en la 42° Notaría Pública de Santiago de don Álvaro González Salinas, con oficio en calle Agustinas N°1070, 2° piso , bajo el Repertorio N°20.011, producto de la división de “Inversiones Los Orientales Limitada”. El extracto relativo a la constitución de dicha Sociedad fue inscrito a fojas 60.718, número 26.915 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago con fecha 28 de julio correspondiente al año 2022 y publicado con fecha 28 de junio del mismo año en el Diario Oficial. El extracto de constitución que vienen en sanear es el siguiente: “ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, Agustinas N°1070, 2° piso, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 28 de abril de 2022, Repertorio N°20.011-2022, ante mí, doña MARÍA BELÉN RICHARD HURTADO, C.I. 17.404.594-1; don JOSÉ MIGUEL RICHARD HURTADO, C.I. 17.699.941-1; don CRISTÓBAL RICHARD HURTADO, C.I. 18.390.376-4; y don AUGUSTO SANTIAGO RICHARD HURTADO, C.I. 19.246.242-8, todos por sí y en representación de Inversiones Panguipulli Uno Limitada, RUT 76.120.346-0; domiciliados para estos efectos en Pasaje Basel N°788, casa A, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana, en calidad de únicos socios de la sociedad INVERSIONES LOS ORIENTALES LIMITADA, del giro de su denominación, RUT 76.132.600-7, la cual se constituyó por escritura pública de fecha 6 de julio de 2004 e inscrita a fojas 22.481, N°16.828 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes de Raíces de Santiago correspondiente al año 2004, acordaron lo siguiente: Producto de la división de INVERSIONES LOS ORIENTALES LIMITADA, constituyeron nueva sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: “INVERSIONES LA CHIMENEA LIMITADA”, pudiendo usar para fines comerciales, bancarios, publicitarios y tributarios la denominación “La Chimenea Ltda.”. Objeto Social: será i)La realización de inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena, tanto en Chile como en el extranjero; y formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones, y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, y la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos y de cualquier otro beneficio que los accionistas acuerden; ii) podrá, asimismo, celebrar los contratos y actos jurídicos que en general sean necesarios para dichos fines. Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don AUGUSTO SANTIAGO RICHARD HURTADO. Capital: $188.701, que los socios aportan, pagan y enteran de la siguiente manera y en las siguientes proporciones: a) Doña MARÍA BELÉN RICHARD HURTADO, ha aportado y enterado la suma de $46.232 pesos, correspondientes a un 24,5% del capital social; b) Don JOSÉ MIGUEL RICHARD HURTADO, ha aportado y enterado la suma de $46.232 pesos, correspondientes a un 24,5% del capital social; c) Don CRISTÓBAL RICHARD HURTADO, ha aportado y enterado la suma de $46.232 pesos, correspondientes a un 24,5% del capital social; d) Don AUGUSTO SANTIAGO RICHARD HURTADO, ha aportado y enterado la suma de $46.232 pesos, correspondientes a un 24,5% del capital social; e) INVERSIONES PANGUIPULLI UNO LIMITADA, ha aportado y enterado la suma de $3.774 pesos, correspondientes a un 2% del capital social. Duración: 5 años contados desde la fecha de la escritura que se extracta, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, salvo que uno de los socios, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento del plazo inicial o de la prórroga respectiva, manifieste su voluntad de terminar la sociedad, mediante una declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio de Santiago. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otras partes del país o del extranjero. Estatuto de sociedad que se divide y disminuye su capital es objeto de extracto separado. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de junio de 2022.”; y ii) Se rectificó la escritura de constitución de la Sociedad, ya individualizada, en lo referente al aporte de “INVERSIONES PANGUIPULLI UNO LIMITADA” en el capital social, modificando dicho aporte de 3.774 pesos a 3.773 pesos y reemplazando, por consiguiente, el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el que sigue: “Quinto: Capital: El capital de la sociedad será la suma de ciento ochenta y ocho mil setecientos un pesos, que los socios aportan, pagan y enteran de la siguiente manera y en las siguientes proporciones: /a/ Doña María Belén Richard Hurtado, ha aportado y enterado la suma de cuarenta y seis mil doscientos treinta y dos pesos, correspondientes a un veinticuatro coma cinco por ciento del capital social; /b/ Don José Miguel Richard Hurtado, ha aportado y enterado la suma de cuarenta y seis mil doscientos treinta y dos pesos, correspondientes a un veinticuatro coma cinco por ciento del capital social; c) Don Cristóbal Richard Hurtado, ha aportado y enterado la suma de cuarenta y seis mil doscientos treinta y dos pesos, correspondientes a un veinticuatro coma cinco por ciento del capital social; d) Don Augusto Santiago Richard Hurtado, ha aportado y enterado la suma de cuarenta y seis mil doscientos treinta y dos pesos, correspondientes a un veinticuatro coma cinco por ciento del capital social; /e/ Inversiones Panguipulli Uno Limitada, ha aportado y enterado la suma de tres mil setecientos setenta y tres pesos, correspondientes aproximadamente a un dos por ciento del capital social”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 18 de agosto de 2022.