Agrícola Lago Dial Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de julio de 2022
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, certifico: Por escritura pública de fecha 28 de Julio de 2022, repertorio Nro. 4080, ante mí: Christian Augusto José Chadwick De la Sotta, chileno, casado, agrónomo, cédula nacional de identidad número 5.638.225-9, Christian Andrés Chadwick Stuardo, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 16.431.424-3 y Blanca Etelvina Herrera Moreno, chilena, casada y separada de bienes, dueña de casa, cédula nacional de identidad número 10.636.768-k, a título personal y en representación de Segundo Alejandro Cossio Riquelme, chileno, casado y separado de bienes, empleado, cédula nacional de identidad número 11.255.019-4, todos domiciliados para estos efectos en calle Cerro Laguna número 8900, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, modificaron la sociedad Agrícola Lago Dial Limitada, rol único tributario número 77.290.600-5, constituida por escritura pública de fecha 30 de marzo del año 1999, otorgada en la Notaría de Santiago de don Rene Benavente Cash e inscrita a fojas 7.348, número 5.892 en el Registro de Comercio de Santiago del año 1999 y publicado en el Diario Oficial con fecha 7 de abril de mil 1999, en adelante la “Sociedad”, en lo siguiente; Uno) Se modifica el artículo sexto de los estatutos de la Sociedad para reflejar la cesión de la totalidad de los derechos sociales de Segundo Alejandro Cossio Riquelme y Blanca Etelvina Herrera Moreno, a los señores Christian Augusto José Chadwick De la Sotta y Christian Andrés Chadwick Stuardo, retirándose de la Sociedad Segundo Alejandro Cossio Riquelme y Blanca Etelvina Herrera Moreno y quedando como únicos socios de la Sociedad Christian Augusto José Chadwick De la Sotta y Christian Andrés Chadwick Stuardo, con una participación en el capital social de un 99% y un 1%, respectivamente y; Dos) Se modifica el artículo quinto de los estatutos de la Sociedad en el sentido que la representación, administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a Christian Augusto José Chadwick de la Sotta, Christian Andrés Chadwick Stuardo y María Paz Chadwick Stuardo, de modo que actuando uno cualquiera de ellos, de manera independiente, represente a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, y con cada una de las facultades que se detallan en la escritura extractada y; La responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Las demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 28 de julio de 2022.