MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola Lago Dial Limitada

RUT 77290600-5 CVE 2174727
Fecha instrumento
28 de julio de 2022

Instrumento

Fecha
28 de julio de 2022
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, certifico: Por escritura pública de fecha 28 de Julio de 2022, repertorio Nro. 4080, ante mí: Christian Augusto José Chadwick De la Sotta, chileno, casado, agrónomo, cédula nacional de identidad número 5.638.225-9, Christian Andrés Chadwick Stuardo, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 16.431.424-3 y Blanca Etelvina Herrera Moreno, chilena, casada y separada de bienes, dueña de casa, cédula nacional de identidad número 10.636.768-k, a título personal y en representación de Segundo Alejandro Cossio Riquelme, chileno, casado y separado de bienes, empleado, cédula nacional de identidad número 11.255.019-4, todos domiciliados para estos efectos en calle Cerro Laguna número 8900, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, modificaron la sociedad Agrícola Lago Dial Limitada, rol único tributario número 77.290.600-5, constituida por escritura pública de fecha 30 de marzo del año 1999, otorgada en la Notaría de Santiago de don Rene Benavente Cash e inscrita a fojas 7.348, número 5.892 en el Registro de Comercio de Santiago del año 1999 y publicado en el Diario Oficial con fecha 7 de abril de mil 1999, en adelante la “Sociedad”, en lo siguiente; Uno) Se modifica el artículo sexto de los estatutos de la Sociedad para reflejar la cesión de la totalidad de los derechos sociales de Segundo Alejandro Cossio Riquelme y Blanca Etelvina Herrera Moreno, a los señores Christian Augusto José Chadwick De la Sotta y Christian Andrés Chadwick Stuardo, retirándose de la Sociedad Segundo Alejandro Cossio Riquelme y Blanca Etelvina Herrera Moreno y quedando como únicos socios de la Sociedad Christian Augusto José Chadwick De la Sotta y Christian Andrés Chadwick Stuardo, con una participación en el capital social de un 99% y un 1%, respectivamente y; Dos) Se modifica el artículo quinto de los estatutos de la Sociedad en el sentido que la representación, administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a Christian Augusto José Chadwick de la Sotta, Christian Andrés Chadwick Stuardo y María Paz Chadwick Stuardo, de modo que actuando uno cualquiera de ellos, de manera independiente, represente a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, y con cada una de las facultades que se detallan en la escritura extractada y; La responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Las demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 28 de julio de 2022.