MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PROFESIONALES ALDANA Y ASTUDILLO LIMITADA

RUT 76388430-9 CVE 2173517
Capital
$4.550.000 CLP
Fecha instrumento
3 de agosto de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de agosto de 2022
Repertorio
24309-2022
Notario
Juan Ricardo San Martin Urrejola
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.550.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martin Urrejola, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 03 de agosto de 2022, Repertorio Nº 24.309- 2022, comparecen don HERNÁN ARTURO ALDANA VIVERO, chileno, casado, médico cirujano, cédula nacional de identidad número 10.675.490- k; doña ANGÉLICA ASTUDILLO DE LA FUENTE, chilena, casada, asistente social, cédula nacional de identidad número 10.201.812-5; don ÁLVARO TOMÁS CARVAJAL ASTUDILLO, chileno, soltero, arquitecto, cédula nacional de identidad número 18.570.491-2; don HERNÁN FELIPE ALDANA ASTUDILLO, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad número 20.470.615-8; don GUILLERMO IGNACIO ALDANA ASTUDILLO, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad número 20.678.123-8 y; doña MARIANA PAZ ALDANA ASTUDILLO, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad número 21.296.426-3, todos domiciliados en Camino Las Tranqueras número 4.214, Comuna de Peñalolén, todos los comparecientes mayores de edad, que en su calidad de únicos socios, vinieron a modificar la sociedad “SOCIEDAD DE PROFESIONALES ALDANA Y ASTUDILLO LIMITADA”, RUT 76.388.430-9, constituida por escritura pública otorgada ante el Notario Público de Santiago don FERNANDO CELIS URRUTIA, cuyo extracto se inscribió a fojas 36.171 número 26.148 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2005, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 28 de septiembre de 2005. La modificación vino a ceder los derechos de los socios, en los siguientes términos: a) don HERNÁN ARTURO ALDANA VIVERO, vende, cede y transfiere a ANGÉLICA ASTUDILLO DE LA FUENTE la suma de $100.000, correspondiente al 3% de sus derechos sociales; b) don HERNÁN ARTURO ALDANA VIVERO, vende, cede y transfiere a HERNÁN FELIPE ALDANA ASTUDILLO la suma de $100.000, correspondiente al 3% de sus derechos sociales; c) don HERNÁN ARTURO ALDANA VIVERO, vende, cede y transfiere a MARIANA PAZ ALDANA ASTUDILLO la suma de $570.000, correspondiente al 13% de sus derechos sociales; d) don HERNÁN ARTURO ALDANA VIVERO, vende, cede y transfiere a ÁLVARO TOMÁS CARVAJAL ASTUDILLO la suma de $220.000, correspondiente al 5% de sus derechos sociales. Para dar cuenta de la modificación, se acordó modificar la cláusula QUINTO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de $4.550.000, íntegramente pagado por los socios de la siguiente forma: a) don HERNÁN ARTURO ALDANA VIVERO, aporta la suma de $610.000, correspondiente al 11% por ciento de los derechos sociales; b) doña ANGÉLICA ASTUDILLO DE LA FUENTE, aporta la suma de $800.000, correspondiente al 18% de los derechos sociales; c) don ÁLVARO TOMÁS CARVAJAL ASTUDILLO, aporta la suma de $770.000, correspondiente al 17% de los derechos sociales; d) don HERNÁN FELIPE ALDANA ASTUDILLO, aporta la suma de $800.000, correspondiente al 18% de los derechos sociales; e) don GUILLERMO IGNACIO ALDANA ASTUDILLO, aporta la suma de $800.000, correspondiente al 18% de los derechos sociales y; f) doña MARIANA PAZ ALDANA ASTUDILLO, aporta la suma de $800.000, correspondiente al 18% de los derechos sociales. En consecuencia, el capital social queda íntegramente aportado y pagado en la caja social, en los términos recién expuestos.”. En todo lo no modificado por este instrumento extractado, permanecen plenamente vigente las estipulaciones del pacto social. Demas estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago 16 de agosto de 2022.-