MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL TUMUNTUCO LIMITADA

RUT 76428240-K CVE 2173496
Fecha instrumento
16 de agosto de 2022

Instrumento

Fecha
16 de agosto de 2022
Repertorio
8430-22
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público Titular de Temuco, con domicilio en calle Antonio Varas N° 979, CERTIFICA: Que por escritura pública de fecha diecinueve de julio del año dos mil veintidós, Repertorio N° 8430-22, otorgada ante mí, Don PATRICIO ALEJANDRO CORTESI MORA, chileno, agricultor, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número trece millones quinientos catorce mil trescientos cuarenta y dos guión uno, domiciliado en pasaje Charles Sadler número cero dos mil doscientos sesenta y tres del sector Barrio Inglés, comuna Temuco; doña NORA ENRIQUETA CORTESI MORA, chilena, contadora, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número diez millones ciento diecisiete mil ciento setenta y ocho guión siete, domiciliada en calle Serrano número novecientos treinta y dos, comuna Antofagasta; doña SILVIA ANITA CORTESI MORA, chilena, administrativo docente, cédula nacional de identidad número nueve millones seiscientos treinta y un mil trescientos cuarenta y siete guión cero, casada bajo régimen matrimonial de sociedad conyugal con don BENITO ENRIQUE PEÑAILILLO LAGAZZI, chileno, administrador educacional, cédula nacional de identidad número seis millones quinientos ochenta y tres mil doscientos noventa y cinco guión K, ambos domiciliados en la avenida Guido Beck de Ramberga, número mil seiscientos treinta de la Villa Barrio Cautín, comuna de Padre las Casas; don JUAN ANDRÉS CORTESI MORA, chileno, soltero, agricultor, cédula nacional de identidad número doce millones quinientos sesenta y cuatro mil trescientos sesenta y ocho guión K, con domicilio en el Fundo El Coigue, sin número, comuna de Traiguén; don LINO ENRIQUE CORTESI MORA, chileno, agricultor, cédula de identidad número once millones seiscientos tres mil cuatrocientos veintiuno guión dos, casado bajo régimen matrimonial de sociedad conyugal con doña MIRTA ADRIANA GARRIDO CARO, chilena, dueña de casa, cédula nacional de identidad número once millones trescientos cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y uno guión uno, ambos domiciliados en calle Belisario Prat, número ciento cincuenta, comuna de Traiguén; doña CLARISA CECILIA ÁLVAREZ SANHUEZA, chilena, cajera, soltera, cédula nacional de identidad número quince millones doscientos veinticinco mil ochocientos ochenta y tres guión seis, representante legal de su hijo menor de edad, de acuerdo a los artículos doscientos cuarenta y tres y siguientes del código civil, de don JORGE MAXIMILIANO CORTESI ÁLVAREZ, chileno, estudiante, soltero, cédula nacional de identidad número veintiún millones novecientos sesenta y seis mil quinientos sesenta y cinco guión dos, ambos domiciliados en calle Belisario Prat, número mil cincuenta y cuatro, comuna de Traiguén; doña FRANCISCA LUCÍA RINCÓN VILUÑIR, chilena, abogado, casada y separada de bienes, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos cuarenta y cuatro mil ochocientos setenta y cuatro guión tres, en representación convencional de doña NOELIA ANTONIA CORTESI ALFARO, chilena, estudiante, soltera, cédula nacional de identidad número veintiún millones doscientos veinticinco mil ciento tres guión ocho, ambas domiciliadas en pasaje Los Astrónomos, número dos mil ochocientos treinta y dos, Villa Isabel Riquelme, comuna de Maipú, Región Metropolitana; don BALDOVINO RENE CORTESI GONZALEZ, chileno, empresario, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número siete millones ochenta y dos mil setecientos treinta y siete guión nueve, domiciliado en Parcela Los Laureles, sin número, Capitán Pastene, comuna de Lumaco; y doña CLAUDIA ANDREA VENEGAS MENDEZ, chilena, dueña de casa, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número quince millones doscientos treinta y seis mil doscientos dos guión uno, domiciliada en pasaje Charles Sadler número cero dos mil doscientos sesenta y tres del sector Barrio Inglés, comuna de Temuco; suscribieron escritura pública de Modificación, Cesión de Derechos, Adjudicación y Saneamiento de la “SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL TUMUNTUCO LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía es “TUMUNTUCO LTDA.”, Rol Único Tributario N° 76.428.240-K, constituida mediante escritura pública, otorgada con fecha ocho de julio del año dos mil cinco, ante Notario Público de Temuco, doña María Luisa Weilwagemann, Suplente del Titular don Carlos Ramdohr Janssen. Un extracto de esa escritura se inscribió en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, a fojas seiscientos veinticinco vuelta, número quinientos dieciséis del año dos mil cinco. Posteriormente, esta sociedad fue objeto de una modificación, mediante escritura pública de fecha cuatro de abril del año dos mil catorce, ante Notario Público de Temuco, don Héctor Efraín Basualto Bustamante, y se inscribió en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, a fojas seiscientos ochenta y cinco, número cuatrocientos noventa del año dos mil catorce, en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Mediante la presente escritura pública, las partes modifican el pacto social ya mencionado de la siguiente forma: UNO) POSESIÓN EFECTIVA: Que, por Resolución Exenta Número mil setecientos veinticinco, de fecha dieciséis de abril del año dos mil trece, emitida por el Director Regional de La Araucanía, la que se encuentra inscrita bajo el número veintiún mil doscientos setenta del año dos mil trece, se concede la Posesión Efectiva quedada al fallecimiento de doña Aida del Carmen Mora Sepúlveda, a su cónyuge don Lino Enrique Cortesi Giacomozzi, y a sus hijos: Patricio Alejandro, Juan Andrés, Nora Enriqueta, Silvia Anita, y Lino Enrique, todos Cortesi Mora; y a sus nietos: Jorge Maximiliano Cortesi Álvarez, y Noelia Antonia Cortesi Alfaro, sobre las acciones y derechos que a la causante le correspondían en la “SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL TUMUNTUCO LIMITADA”, que corresponden a un treinta y siete coma cinco por ciento de las acciones y derechos sociales. Luego, por Resolución Exenta Número seis mil trescientos diecisiete, de fecha treinta de julio del año dos mil veinte, emitida por el Director Regional de La Araucanía, la que se encuentra inscrita bajo el número veintiséis mil cuatrocientos cinco del año dos mil veinte, se concede la Posesión Efectiva quedado al fallecimiento de don Lino Enrique Cortesi Gioacomozzi, a sus hijos: Baldovino René Cortesi González, y a don Patricio Alejandro, Juan Andrés, Nora Enriqueta, Silvia Anita, y Lino Enrique, todos Cortesi Mora; y a sus nietos: Jorge Maximiliano Cortesi Álvarez, y Noelia Antonia Cortesi Alfaro, sobre las acciones y derechos que al causante le correspondían en la “SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL TUMUNTUCO LIMITADA”, que corresponden a un nueve coma trecientos setenta y cinco por ciento por ciento de las acciones y derechos sociales.- DOS) INCORPORACIÓN A LA SOCIEDAD: Que, en consecuencia de lo anterior, se incorporan a la sociedad ya individualizada anteriormente, por derecho de herencia de ambos conyugues fallecidos ya individualizados precedentemente, don PATRICIO ALEJANDRO CORTESI MORA, don JUAN ANDRÉS CORTESI MORA, doña NORA ENRIQUETA CORTESI MORA, doña SILVIA ANITA CORTESI MORA, don LINO ENRIQUE CORTESI MORA, y en representación de don JORGE MARIO CORTESI MORA, sus hijos, don JORGE MAXIMILIANO CORTESI ÁLVAREZ, y doña NOELIA ANTONIA CORTESI ALFARO. Finalmente, por derecho de herencia de don Lino Enrique Cortesi Giacomozzi, se incorpora su hijo don BALDOVINO RENE CORTESI GONZALEZ.- TRES) CESIÓN DE DERECHOS: Por el presente instrumento, doña NORA ENRIQUETA CORTESI MORA, doña SILVIA ANITA CORTESI MORA, don JUAN ANDRÉS CORTESI MORA, don LINO ENRIQUE CORTESI MORA, don BALDOVINO RENE CORTESI GONZALEZ, y doña FRANCISCA LUCÍA RINCÓN VILUÑIR en representación de doña NOELIA ANTONIA CORTESI ALFARO, venden, ceden y transfieren a don PATRICIO ALEJANDRO CORTESI MORA, quien, en tal carácter acepta, para sí, el total de los derechos sociales que cada uno le corresponden en la herencia de sus padres y o abuelos según correspondan o pudiere corresponderle por cualquier causa o motivo y que detentan en la Sociedad “SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL TUMUNTUCO LIMITADA”.- De igual forma, en este mismo acto, doña CLARISA CECILIA ÁLVAREZ SANHUEZA en representación legal de su hijo menor de edad, don JORGE MAXIMILIANO CORTESI ÁLVAREZ, vende, cede y transfiere, a doña CLAUDIA ANDREA VENEGAS MENDEZ, quien acepta para sí, el total de derechos sociales que le corresponde o pudiere corresponderle por cualquier causa o motivo que detenta en la sociedad y que alcanza a un tres coma siete nueve cuatro siete por ciento. En consecuencia, por este acto doña Claudia Andrea Venegas Méndez, se incorpora a la sociedad, con el porcentaje de acciones ya mencionado.- CUATRO: PRECIO CESIÓN DE DERECHOS: El precio total de la compraventa o cesión de derechos sociales es la suma única y total de NOVENTA MILLONES DE PESOS, que se desglosa de la siguiente manera: a) Para doña NORA ENRIQUETA CORTESI MORA, la suma de quince millones de pesos; b) Para don JUAN ANDRÉS CORTESI MORA, la suma de quince millones de pesos; c) Para doña SILVIA ANITA CORTESI MORA, la suma de quince millones de pesos; d) Para don LINO ENRIQUE CORTESI MORA, la suma de quince millones de pesos; e) Para don JORGE MAXIMILIANO CORTESI ÁLVAREZ, representado legalmente en este acto por su madre doña CLARISA CECILIA ÁLVAREZ SANHUEZA, la suma de siete millones quinientos mil pesos; f) Para doña NOELIA ANTONIA CORTESI ALFARO, representada en este acto por doña FRANCISCA LUCÍA RINCÓN VILUÑIR, la suma de siete millones quinientos mil pesos; y f) Para don BALDOVINO RENE CORTESI GONZALEZ, la suma de quince millones de pesos; todos pagaderos en dineros en efectivo, en este acto que los cedentes declaran recibirlo a su entera y total conformidad.- CINCO: ADJUDICACIÓN: Por el presente acto, don Patricio Alejandro Cortesi Mora, acepta la adjudicación de la totalidad los derechos hereditarios obtenidos por derecho de herencia, tanto de su madre como de su padre ya individualizados precedentemente de plena conformidad y para todos los efectos legales.- SEIS: SANEAMIENTO: Que los comparecientes vienen en rectificar la modificación de sociedad inscrita a fojas seiscientos ochenta y cinco, número cuatrocientos noventa del Registro de Comercio del año dos mil catorce del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, en el siguiente sentido: a) Que, la cláusula sexta de la escritura ya mencionada precedentemente, en la letra a) señala que don Lino Enrique Cortesi Giacomozzi, detenta el treinta y siete coma cinco por ciento de los derechos sociales. Se rectifica esta cláusula en el siguiente sentido: a) don Lino Enrique Cortesi Giacomozzi, con un nueve coma trescientos setenta y cinco por ciento de los derechos sociales. En consecuencia, del porcentaje de venta de las acciones efectuado por don Lino Enrique Cortesi Giacomozzi, a don Patricio Alejandro Cortesi Mora, mencionada en la inscripción conservadora ya citada, es el ochenta por ciento de sus derechos sociales ascendente al treinta y siete coma cinco por ciento, y no como se indica en la inscripción conservadora respectiva que señala que es un cincuenta por ciento; b) Que, por este acto se entiende inscrita en el Conservador de Comercio la Posesión efectiva de doña AIDA DEL CARMEN MORA SEPULVEDA, mediante Resolución Exenta Número mil setecientos veinticinco, de fecha dieciséis de abril del año dos mil trece, emitida por el Director Regional de La Araucanía, la que se encuentra inscrita bajo el número veintiún mil doscientos setenta del año dos mil trece, donde se concede la Posesión Efectiva quedada al fallecimiento de doña Aida del Carmen Mora Sepúlveda, a su cónyuge don Lino Enrique Cortesi Giacomozzi, y a sus hijos: Patricio Alejandro, Juan Andrés, Nora Enriqueta, Silvia Anita, y Lino Enrique, todos Cortesi Mora; y a sus nietos: Jorge Maximiliano Cortesi Álvarez, y Noelia Antonia Cortesi Alfaro, sobre las acciones y derechos que a la causante le correspondían en la “SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL TUMUNTUCO LIMITADA”, y que dio origen a la rectificación de la escritura e inscripción conservadora mencionada y posterior saneamiento que indica.- Que, en consecuencia los comparecientes vienen en manifestar en forma expresa su voluntad de sanear los vicios de nulidad relativa señalados en la escritura e inscripción de comercio ya indicada, y en lo demás los herederos ratifican en todas sus partes todo cuanto se estipuló en la citada modificación social. El saneamiento establecido en esta cláusula producirá efecto retroactivo a la fecha de la inscripción citada, y la corrección del vicio se entenderá cumplida con la inscripción y la publicación del extracto de esta escritura de saneamiento que por este acto se realiza. Así queda saneada la “SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL TUMUNTUCO LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía es “TUMUNTUCO LTDA.”, para todos los efectos legales.- En todo lo no modificado por el presente instrumento, quedan vigentes las estipulaciones del pacto social y sus modificaciones posteriores.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 16 de agosto del año 2022.-