AMENÁBAR Y AMENÁBAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de julio de 2022
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $977.193 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de julio de 2022, ante mí, don Felipe Andrés Amenábar Donoso y don Nicolás José Amenábar Donoso, ambos domiciliados para estos efectos en avenida Las Torres número noventa, casa uno, comuna de Rancagua, región Libertador Bernardo O’Higgins y de paso por Santiago, modificaron los estatutos sociales de AMENÁBAR Y AMENÁBAR LIMITADA, inscrita a fojas 158 vuelta, N° 127 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rengo del año 2014. Modificaciones consisten en: 1) Modificar el domicilio de la sociedad a la comuna y ciudad de Santiago, reemplazándose el artículo décimo de los estatutos de la sociedad en ese sentido. 2) La división de la sociedad, manteniéndose su personalidad jurídica y surgiendo de la división una nueva sociedad, siendo esta una sociedad por acciones, cuya razón social será SOCIEDAD GASTRONÓMICA EL MERCADER SpA, que se constituye como consecuencia de la división. 3) Con motivo de la división, se disminuye el capital de AMENÁBAR Y AMENÁBAR LIMITADA, ascendente a $1.000.000.-, en la suma de $977.193.-, quedando reducido a la suma $22.807.- Se reemplaza el artículo quinto de los estatutos sociales de Amenábar y Amenábar Limitada, relativo al capital, en el siguiente sentido: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de $22.807, que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: Uno) Don Felipe Andrés Amenábar Donoso, en un noventa y nueve por ciento del capital y derechos sociales, que ha enterado íntegramente con anterioridad a la fecha de escritura extractada; y, Dos) Don Nicolás José Amenábar Donoso, en un uno por ciento del capital y derechos sociales, que ha enterado íntegramente con anterioridad a esta fecha 4) Aprobar los estatutos de la sociedad que nace producto de la división, SOCIEDAD GASTRONÓMICA EL MERCADER SpA, los cuales se extractan a continuación: A) Razón social: “Sociedad Gastronómica El Mercader SpA”. B) Accionistas: don Felipe Andrés Amenábar Donoso y don Nicolás José Amenábar Donoso. C) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: 1) Otorgar servicios de banquetera, catering, servicios de alimentación. 2) Producción, preparación, elaboración, distribución y comercialización de todo tipo de variedad de alimentos preparados. 3) Presentación, organización y traslado de todo tipo de alimentos. 4) Producción de eventos, fiestas y presentaciones de diversa índole, las que podrá realizar por cuenta propia o ajena. 5) La explotación del rubro gastronómico, hospedaje, servicio de alimentos preparados, casinos, eventos a empresas y cualquier otro tipo de eventos. 6) Arrendamiento de bienes muebles de distinta índole. 7) Servicios de aseo y mantención a empresas. 8) Servicios de actividades de discotecas, salas de baile y similares. 9) Servicios de iluminación, refrigeración, contratación de personal de servicios, decoración, mantelería y de cualquier otra índole. 10) Servicios de hotelería, hospedaje, alojamientos, explotación turística de centros de recreación, descanso, residenciales, restaurantes, bares, cafeterías y todo lo relacionado con dicha actividad como el expendio de bebidas alcohólicas y no alcohólicas. 11) Compra, venta, exportación e importación, arriendo de maquinarias, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas y demás insumos para la producción, desarrollo de eventos y demás actividades señaladas que tengan relación con el negocio. 12) La realización o participación por cuenta propia o ajena en remates, licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones, consignaciones. 13) Exportación, distribución y transformación de todo tipo de bienes muebles. 14) La realización de cualquier otra actividad relacionada con las anteriores de este artículo y que los socios acuerden. D) Capital: El capital social es la suma única y total de $977.193.-, dividido en mil 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal ni privilegios, las cuales se suscriben, enteran y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada, a saber: Uno) Don Felipe Andrés Amenábar Donoso, ha suscrito y pagado novecientas noventa acciones con anterioridad a la fecha de la escritura extractada; y, Dos) Don Nicolás José Amenábar Donoso, ha suscrito y pagado diez acciones con anterioridad a la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. 5) Transformar la sociedad AMENÁBAR Y AMENÁBAR LIMITADA en una sociedad por acciones, denominada “SOCIEDAD GASTRONÓMICA LAS TORRES SpA”. NUEVOS ESTATUTOS. Como consecuencia de la transformación de la sociedad, los accionistas acuerdan aprobar los estatutos sociales de SOCIEDAD GASTRONÓMICA LAS TORRES SpA: Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “SOCIEDAD GASTRONÓMICA LAS TORRES SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: 1) Otorgar servicios de banquetera, catering, servicios de alimentación. 2) Producción, preparación, elaboración, distribución y comercialización de todo tipo de variedad de alimentos preparados. 3) Presentación, organización y traslado de todo tipo de alimentos. 4) Producción de eventos, fiestas y presentaciones de diversa índole, las que podrá realizar por cuenta propia o ajena. 5) La explotación del rubro gastronómico, hospedaje, servicio de alimentos preparados, casinos, eventos a empresas y cualquier otro tipo de eventos. 6) Arrendamiento de bienes muebles de distinta índole. 7) Servicios de aseo y mantención a empresas. 8) Servicios de actividades de discotecas, salas de baile y similares. 9) Servicios de iluminación, refrigeración, contratación de personal de servicios, decoración, mantelería y de cualquier otra índole. 10) Servicios de hotelería, hospedaje, alojamientos, explotación turística de centros de recreación, descanso, residenciales, restaurantes, bares, cafeterías y todo lo relacionado con dicha actividad como el expendio de bebidas alcohólicas y no alcohólicas. 11) Compra, venta, exportación e importación, arriendo de maquinarias, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas y demás insumos para la producción, desarrollo de eventos y demás actividades señaladas que tengan relación con el negocio. 12) La realización o participación por cuenta propia o ajena en remates, licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones, consignaciones. 13) Exportación, distribución y transformación de todo tipo de bienes muebles. 14) La realización de cualquier otra actividad relacionada con las anteriores de este artículo y que los socios acuerden. Capital: El capital social asciende a la suma de $22.807, dividido en 1.000 acciones cada una de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, las cuales se suscriben, enteran y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada, a saber: Uno) Don Felipe Andrés Amenábar Donoso, ha suscrito y pagado novecientas noventa acciones con anterioridad a la fecha de la escritura extractada; y, Dos) Don Nicolás José Amenábar Donoso, ha suscrito y pagado diez acciones con anterioridad a la fecha de la escritura extractada.. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de julio de 2022.