SOCIEDAD DE PROFESIONALES SCHNEIDER Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de junio de 2022
- Notario
- JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Público, Temuco, A. Prat 770, certifico: Por escritura pública de 24 de junio de 2022, ante mí, FANNY MARCELA SCHNEIDER MORENO, domiciliada en Valle de Elicura N°03934, Temuco, EVELYN YANET SCHNEIDER MORENO, domiciliada en Rudecindo Ortega N°0331, Torre A, departamento 1005, Temuco y YONNY JESÚS CATRIN CARIQUEO, domiciliado en Rudecindo Ortega N°01930 Torre A, departamento 1005; exponen: Por escritura pública de fecha 13 de marzo de 2019, ante notario de Temuco Juan Antonio Loyola Opazo, PAOLA CONSTANZA GEMPP AYALA y EVELYN YANET SCHNEIDER MORENO, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuya razón o firma social es “SOCIEDAD DE PROFESIONALES GEMPP & SCHNEIDER LIMITADA”, pudiendo usar ante cualquier persona o entidad, inclusive ante Bancos o el Servicio de Impuestos internos el nombre de fantasía de “GEMPP & SCHNEIDER LTDA.”, Rol Único Tributario 76.695.368-9, que figura inscrita a fojas 346 vuelta, bajo el N°2015, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2019, y publicado en el Diario Oficial en su edición N°42.309, de fecha 20 de marzo de 2019. El capital social es de $8.000.000. Por escritura pública de fecha 8 de junio del año 2020 ante notario de Temuco Juan Antonio Loyola Opazo, PAOLA CONSTANZA GEMPP AYALA, EVELYN YANET SCHNEIDER MORENO y FANNY MARCELA SCHNEIDER MORENO modificaron la “SOCIEDAD DE PROFESIONALES GEMPP & SCHNEIDER LIMITADA”, en el siguiente sentido: a) PAOLA CONSTANZA GEMPP AYALA vendió, cedió y transfirió a FANNY MARCELA SCHNEIDER MORENO, quien aceptó para sí la totalidad de los derechos sociales, que correspondían al 50% de los derechos sociales, pasando a quedar la cesionaria con un 50% de los derechos sociales; b) Como consecuencia de la cesión señalada precedentemente quedaron como únicas socias de la sociedad “SOCIEDAD DE PROFESIONALES GEMPP & SCHNEIDER LIMITADA” EVELYN YANET SCHNEIDER MORENO con un 50% de los derechos sociales y FANNY MARCELA SCHNEIDER MORENO con un 50% de los derechos sociales; c) Modificaron la cláusula PRIMERA, modificando la razón social o firma social, pasando está a ser “SOCIEDAD DE PROFESIONALES SCHNEIDER Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo usar ante cualquier persona o entidad, pública o privada, inclusive ante Bancos o el Servicio de Impuestos internos el nombre de fantasía de “SCHNEIDER Y CÍA. LTDA.”; d) Modificaron la cláusula TERCERA de la escritura de constitución ya citada, en el sentido que el objeto o giro de la sociedad será la prestación de servicios profesionales y técnicos en el área de la medicina y salud humana, en especial aquellas prestaciones derivadas de la odontología, la cirugía dental y la psicología; que tiendan a la prevención, control y reparación de la salud humana. La sociedad podrá en el desempeño de su gestión u objeto realizar prestaciones de servicios a organismos particulares o públicos, en locales propios o de terceros. Promover la investigación tanto profesional como técnica, la capacitación y el perfeccionamiento, ya sea de los socios o de sus dependientes, y la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales. La escritura señalada en esta cláusula figura inscrita a fojas 572 vuelta, bajo el N°313, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2020, y publicado en el Diario Oficial en su edición N°42.683, de fecha 17 de junio de 2020.- SEGUNDO: Por este instrumento FANNY MARCELA SCHNEIDER MORENO, vende, cede y transfiere a YONNY JESÚS CATRIN CARIQUEO quien acepta para sí la totalidad de sus derechos sociales, que corresponden al 50% de los derechos sociales, pasando a quedar el cesionario con un 50% de los derechos sociales. El valor de la cesión es la suma de $2.500.000.- que el cesionario pagó con anterioridad a la cedente. En consecuencia las partes se dan el más amplio y completo finiquito, señalando que nada se deben por concepto alguno.- TERCERO: Como consecuencia de la cesión señalada precedentemente quedan como únicos socios de la sociedad “SOCIEDAD DE PROFESIONALES SCHNEIDER Y COMPAÑÍA LIMITADA” EVELYN YANET SCHNEIDER MORENO con un 50% de los derechos sociales y YONNY JESÚS CATRIN CARIQUEO con un 50% de los derechos sociales.- CUARTO: Por este acto, los socios EVELYN YANET SCHNEIDER MORENO y YONNY JESÚS CATRIN CARIQUEO, modifican la “SOCIEDAD DE PROFESIONALES SCHNEIDER Y COMPAÑÍA LIMITADA”, en el sentido que a continuación se indica: Modifican la cláusula OCTAVA de la escritura de constitución de la sociedad ya indicada, en el sentido que se indica a continuación: OCTAVA: Las pérdidas de la sociedad se distribuirán entre las socias a prorrata de sus aportes, las utilidades se distribuirán en proporción al trabajo que cada una de las socias aporte a la sociedad en el año respectivo, para estos efectos, la suma del valor actualizado de las consultas y prestaciones que cada socia haya efectuado personalmente en el año, se dividirá por las utilidades sociales del mismo año. El valor de las consultas y prestaciones, será el que se fije en cada caso. Pasando a decir: OCTAVA: Las utilidades y eventuales pérdidas se repartirán entre los socios de la siguiente forma, en un 90% para la socia EVELYN YANET SCHNEIDER MORENO y en un 10% para el socio YONNY JESÚS CATRIN CARIQUEO.- En lo no modificado quedan vigentes todas las disposiciones del contrato social ya indicado.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Temuco, 12 de agosto de 2022.