MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA HORNOPIREN LIMITADA

RUT 76143180-3 CVE 2172268
Fecha instrumento
22 de junio de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de junio de 2022
Notario
PATRICIO RABY BENAVENTE
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifico: Por escritura pública, otorgada en esta Notaría con fecha 22 de junio de 2022, ante mi suplente, doña María Virginia Wielandt Covarrubias: i) INMOBILIARIA CATALUÑA S.A., con domicilio en Av. Tobalaba número 4.033, oficina A, comuna de Providencia; ii) INMOBILIARIA JAVIER DOMINGO LARRAGUIBEL FIGUEROA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con domicilio en Av. Tobalaba número 4.033, oficina A, comuna de Providencia; y iii) INMOBILIARIA ANDRES LARRAGUIBEL ROJAS SpA, con domicilio en San Martín 387, comuna de Vicuña, Región de Coquimbo, y de paso en ésta; en su calidad de únicos y actuales socios de INMOBILIARIA HORNOPIREN LIMITADA, vienen en: I) rectificar la escritura pública de modificación de la sociedad de fecha 5 de noviembre de 2010, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Tamargo Barros, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2010, a fojas 64.321 número 44.754, rectificando expresamente el capital y porcentajes de participación de socios, reemplazándose los artículos Segundo, Tercero y Cuarto de los estatutos. En lo extractable, se rectifica y reemplaza el artículo Cuarto de la escritura, estableciendo que los únicos socios de INMOBILIARIA HORNOPIREN LIMITADA, son: i) Inmobiliaria Cataluña Limitada, con un 99% de la participación social; ii) Inmobiliaria Javier Domingo Larraguibel Figueroa Empresa Individual de Responsabilidad Limitada con un 0,5% de la participación social; y iii) Inmobiliaria René Pierre Larraguibel Figueroa Empresa Individual de Responsabilidad Limitada con un 0,5% de la participación social. Además, se reemplaza artículo Tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “TERCERO. CAPITAL SOCIAL. El capital es la suma de tres millones de pesos, que se aportan de la siguiente forma: i) Inmobiliaria Cataluña Limitada aporta la suma de dos millones novecientos setenta mil pesos, suma que se encuentra íntegramente pagada, equivalente al noventa y nueve por ciento de la participación social; ii) Inmobiliaria Javier Domingo Larraguibel Figueroa Empresa Individual de Responsabilidad Limitada aporta la suma de quince mil pesos, suma que se encuentra íntegramente pagada, equivalente al cero coma cinco por ciento de la participación social y iii) Inmobiliaria René Pierre Larraguibel Figueroa Empresa Individual de Responsabilidad Limitada aporta la suma de quince mil pesos, suma que se encuentra íntegramente pagada, equivalente al cero coma cinco por ciento de la participación social”; y II) modificar la sociedad INMOBILIARIA HORNOPIREN LIMITADA, inscrita a fs. 24.163 número 18.050 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2004, en el siguiente sentido: Uno) se modifica numeración y se reemplaza artículo Tercero del pacto social, relativo al capital social, por el siguiente: “QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social es la suma de tres millones de pesos, que se encuentra enterado y pagado de la siguiente forma: i) Inmobiliaria Cataluña S.A., es titular del noventa y nueve por ciento de la participación social, equivalente a dos millones novecientos setenta mil pesos suma que se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a este acto; ii) Inmobiliaria Javier Domingo Larraguibel Figueroa Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, es titular de un cero coma cinco por ciento de la participación social, equivalente a quince mil pesos suma que se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a este acto; y iii) Inmobiliaria Andrés Larraguibel Rojas SpA, es titular de un cero coma cinco por ciento de la participación social, equivalente a quince mil pesos suma que se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a este acto.” Dos) se modifica artículo Cuarto, relativo a la administración social, la que corresponderá a los señores René Guido Larraguibel Smith, Andrés Javier Larraguibel Rojas y Javier Domingo Larraguibel Figueroa, actuando de manera individual e indistinta, con amplias facultades. Se refunden estatutos. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago de Chile, 27 de julio de 2022. P. Raby B. N. P.