SOCIEDAD AGRÍCOLA CAEROLS Y MOLINA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de agosto de 2022
- Notario
- CARLOS HORACIO GUZMÁN BAIGORRIA
- Oficio
- Segunda Notaría de San Fernando
- Comuna
- San Fernando
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Asimismo, los socios comparecientes vienen en modificar el domicilio consignado en el contrato social primitivo en el sentido que el domicilio de la sociedad será la comuna de Nancagua, específicamente sector Yáquil Arriba, Callejón El Bajo, Lote A guion tres
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 39958 del 12 de mayo de 2011
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS HORACIO GUZMÁN BAIGORRIA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de San Fernando, con Oficio en calle Chillán número quinientos noventa y cinco guión A, Comuna de San Fernando, certifico: por escritura pública, de fecha 08 de Agosto del año 2022 ante la Notario Suplente doña CARLA LORELY MORENO SANCHEZ del titular de esta notaria de CARLOS HORACIO GUZMAN BAIGORRIA, José Manuel Caerols Silva, Ángel Gaete número setecientos noventa y cuatro, comuna de Pichilemu, José Pablo Luis Caerols Lecaros, Ángel Gaete número setecientos noventa y cuatro, comuna de Pichilemu y Manuel José Molina Donoso, sector Yáquil Arriba, Callejón El Bajo, Lote A guion tres, de la comuna de Nancagua modificaron y repactaron "SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL CAEROLS E HIJOS LIMITADA", constituida mediante escritura pública de 25 de marzo de 2011, otorgada ante don CHRISTIAN BARRIOS IBARRA, Notario Público Interino de la Segunda Notaria de San Fernando, "Sociedad Agrícola y Comercial Caerols e Hijos Limitada", cuyo extracto se encuentra inscrito a Fs. 83 N° 71 del Registro de Comercio de San Fernando, año 2011 y se publicó en la edición del Diario Oficial N° 39.936 de 14 de abril del año 2011 y el extracto del saneamiento se inscribió a Fs. 106 vuelta N° 93, del Registro de Comercio de San Fernando, año 2011 y se publicó en la edición del Diario Oficial N° 39.958 de 12 de mayo de 2011. Modificada escritura pública del 01/09/2006, Notarío Público Santiago Francisco Varas Fernández, inscrita fs.407 N° 314, Registro Comercio San Fernando, año 2016, publicada D.O. N° 41590 del 22/10/2016. Modificaciones y Repactaciones consisten en: A) Don José Pablo Luis Caerols Lecaros, vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales que equivalen al 9% del capital social a don Manuel José Molina Donoso, quién compra, acepta y adquiere para si, en la suma total de $900.000.- cantidad que el cesionario paga en este acto en dinero en efectivo, que se entregan y se reciben en total conformidad, quedando por ende, pagado íntegramente el precio, otorgándose las partes el más amplio total y definitivo finiquito.- B) Don José Manuel Caerols Silva, vende, cede y transfiere el 43,956% de sus derechos sociales que equivalen al 40% del capital social, a don Manuel José Molina Donoso, quién compra, acepta y adquiere para si, en la suma total de $4.000.000.- cantidad que el cesionario paga en este acto en dinero en efectivo, que se entregan y se reciben en total conformidad, quedando por ende, pagado íntegramente el precio, otorgándose las partes el más amplio total y definitivo finiquito.- Capital Social: $10.000.000.- Participación Social: En mérito de estas modificaciones quedan como únicos socios don José Manuel Caerols Silva, con un cincuenta y un por ciento de participación en la sociedad; y don Manuel José Molina Donoso, con el cuarenta y nueve por ciento restante; completando de esta forma el cien por ciento de los derechos sociales de la sociedad.- Modificaciones Al Pacto Social: A) Razón Social: La Sociedad se denominara “SOCIEDAD AGRÍCOLA CAEROLS Y MOLINA LIMITADA”, sin embargo podrá funcionar y actuar, inclusive en sus relaciones con los bancos y otras instituciones con el nombre de fantasía “CAEROLS Y MOLINA LTDA.”.- B) Sobre La Administración Social: La administración de la sociedad, su representación y uso del nombre que actualmente le corresponden con las más amplias facultades en el ejercicio de sus atribuciones a los señores Manuel José Molina Donoso y a don Manuel José Molina Donoso, quienes actuando, conjunta, separada e indistintamente y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las facultades que se detallan en el pacto social primitivo. C) El Domicilio: Asimismo, los socios comparecientes vienen en modificar el domicilio consignado en el contrato social primitivo en el sentido que el domicilio de la sociedad será la comuna de Nancagua, específicamente sector Yáquil Arriba, Callejón El Bajo, Lote A guion tres, sin perjuicio de las agencias o sucursales que los socios se acuerden establecer en otros lugares del territorio de la República.- En todo lo no modificado en este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. San Fernando, a 10 de Agosto de 2022.-