MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD AGRÍCOLA YUGO SpA

RUT 76279935-9 CVE 2170684
Fecha instrumento
8 de agosto de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de agosto de 2022
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, Comuna de Providencia, Santiago, certifico: Que, ante mí, por escritura pública de fecha 08/08/2022 se redujo a escritura pública la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de “SOCIEDAD AGRÍCOLA YUGO SpA” Rut. 76.279.935-9, celebrada el 02/08/2022, en la cual sus accionistas acordaron lo siguiente: a) La fusión por incorporación de “SOCIEDAD AGRÍCOLA BADAJO SpA”, en “SOCIEDAD AGRÍCOLA YUGO SpA”, con efecto retroactivo al 31-07-2022, absorbiendo esta última a la primera, adquiriendo todos sus activos y pasivos, reuniendo a los accionistas en una sociedad y sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, Como consecuencia de esta absorción, se disuelve la “SOCIEDAD AGRÍCOLA BADAJO SpA”, sin que deba procederse a su liquidación en razón de incorporarse la totalidad de su patrimonio y accionistas a la sociedad absorbente. b) Modificación de Estatutos específicamente en su Artículo Quinto y Primero Transitorio, en la forma en que se indica: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad asciende a la suma de VEINTIUN MILLONES DE PESOS, dividido en DIEZ MIL ACCIONES, ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que se suscribe y paga en la forma en que señala el artículo primero transitorio de estos estatutos. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de aumentos de capital se podrán pagar en moneda de curso legal o bien mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyéndose créditos en contra de la misma sociedad. El plazo para enterar el capital y sus aumentos será dentro de los treinta años siguientes contados desde la fecha de suscripción de las acciones o del acuerdo respectivo según corresponda, en atención a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio, más el reajuste que prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, so pena de tenerse no suscritas. Si las acciones no se pagaren oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, incluido lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital pagado.” “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de VEINTIUN MILLONES DE PESOS, dividido en DIEZ MIL ACCIONES, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, que se encuentra íntegramente suscrito, pagado y es enterado de la siguiente manera: a) “ASESORÍAS Y GESTIÓN POMPA SpA” suscribe y paga con anterioridad a esta fecha mil setecientas acciones por un monto total de tres millones quinientos setenta mil pesos; b) “CONSULTORÍA AGRÍCOLA PGC SpA”, suscribe y paga con anterioridad a esta fecha mil setecientas acciones por un monto total de tres millones quinientos setenta mil pesos; c) “CONSULTORÍA INTEGRAL MAFL SpA”, suscribe y paga con anterioridad a esta fecha mil seiscientas acciones por un monto total de tres millones trescientos sesenta mil pesos; d) “ASESORÍAS Y GESTIÓN EGA SpA”, suscribe y paga con anterioridad a esta fecha mil setecientas acciones por un monto total de tres millones quinientos setenta mil pesos; e) “ASESORÍAS Y GESTIÓN PWO SpA”, suscribe y paga con anterioridad a esta fecha mil seiscientas acciones por un monto total de tres millones trescientos sesenta mil pesos; y f) “ASESORÍAS Y GESTIÓN RAL SpA”, suscribe y paga con anterioridad a esta fecha mil setecientas acciones por un monto total de tres millones quinientos setenta mil pesos. En conformidad a lo anterior, las diez mil acciones, ordinarias, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, han quedado íntegramente suscritas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 09 de agosto 2022.