Del Río y Jara Profesional Asociados Limitada
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2022
- Repertorio
- 14402-2022
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MARÍA LORETO JARA VALENZUELA | socio | 7536760-0 | — | — | |
| RENE DEL RÍO RIVEROS | socio | 7050885-0 | — | — | |
| MARÍA DE LOS ANGELES DEL RÍO JARA | socio | 19307818-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, abogado, domiciliado en calle Huérfanos 979, Of. 501, comuna de Santiago, Notario Titular de la 33° Notaría de Santiago, certifica: Por escritura de fecha 15 de julio de 2022, Repertorio N° 14.402-2022, ante mí, MARÍA LORETO JARA VALENZUELA, RUT N°7.536.760-0; RENE DEL RÍO RIVEROS, RUT N°7.050.885-0; MARÍA DE LOS ANGELES DEL RÍO JARA, RUT N°19.307.818-4; y MARIA TERESITA DEL RÍO JARA, N°18.639.558-1; todos con domicilio en Avenida Los Trapenses N°4643, Lo Barnechea, Región Metropolitana; modificaron sociedad DEL RIO Y JARA PROFESIONAL ASOCIADOS LIMITADA, Rut N°78.581.730-3, inscrita a fojas 236 N°214 Registro de Comercio Curicó año 1994.- CESIÓN DE DERECHOS. Uno) RENÉ DEL RÍO RIVEROS, vende cede y transfiere 9% del total de los derechos sociales a MARIA TERESITA DEL RÍO JARA, por $90.000.-, pagaderos en este acto en dinero efectivo; Dos) MARÍA LORETO JARA VALENZUELA, vende cede y transfiere 8% del total de los derechos sociales a MARIA TERESITA DEL RÍO JARA, por $80.000.- pagaderos en este acto en dinero efectivo; y Tres) MARÍA DE LOS ÁNGELES DEL RÍO JARA, vende cede y transfiere 8% del total de los derechos sociales a MARIA TERESITA DEL RÍO JARA, por $80.000.- pagaderos en este acto en dinero efectivo. Como consecuencia de lo anterior, quedan como únicos socios de la Sociedad: a) René Del Río Riveros, con un 25% de los derechos sociales; b) María Loreto Jara Valenzuela, con un 25% de los derechos sociales; c) María de los Ángeles Del Río Jara, con un 25% de los derechos sociales; y d) María Teresita Del Río Jara, con un 25% de los derechos sociales. En todo lo no modificado rigen íntegramente los estatutos regulados en la escritura de constitución y sus modificaciones posteriores.- Santiago, 19 de julio de 2022.