Instrumento
- Notario
- BENEDICTA ISABEL HURTADO HERNANDEZ
- Oficio
- Octava Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- será la comuna Coltauco
- Duración
- Indefinida
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBENEDICTA ISABEL HURTADO HERNANDEZ, Notario Público Interino, de la Octava Notaría de Rancagua, con asiento en la comuna de Doñihue, calle Emilio Cuevas 328, certifica: Por escritura hoy, ante mí, ANTONIA CASTILLO BATARCE, cédula nacional de identidad 18.022.348-7; CARLOS AGUIRRE ILLANES, cédula de identidad 16.684.490-8, ambos con domicilio en Luis Amundsen 2170 departamento 404 Providencia, Región Metropolitana y de paso por esta; FLORENCIA CASTILLO BATARCE, cedula de identidad 18.638.790-9 con domicilio en Julio Alcaino 041 lote Cuatro B casa tres, comuna de Doñihue; JAVIERA BELEN VERA NUÑEZ, cedula de identidad 18.041.100-3, con domicilio en Pio Ibarra 087, comuna de Doñihue, constituyeron sociedad por acciones: Razón Social “CLINICA COLTAUCO SpA”; Domicilio: será la comuna Coltauco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que el Administrador o Directorio de la sociedad acuerde establecer en otros puntos del país o del extranjero; Duración: indefinida; Objeto a) La prestación de servicios médicos a terceros, por cuenta propia o a través de profesionales contratados de la especialidad odontológica y sus especialidades; b) Consultas odontológicas y afines; c) La explotación de centros médicos, clínicas médicas y psicológicas, laboratorios, pabellones quirúrgicos para la prestación de servicios a pacientes hospitalizados o ambulatorios en la especialidad odontológicas u otras afines d) La asesoría, capacitación y actividades de extensión en materias medicas generales y de especialidades de cualquier tipo y especialmente odontológicas; e) Consultas psicológicas; kinesiológicas, f) La compra, venta , importación exportación , comercialización , representación, arrendamiento, y distribución al por mayor y menor de todo tipo de medicamentos, instrumentos, equipos e insumos médicos, especialmente los relacionados con la odontología , g) La inversión de toda clase de bienes muebles e inmuebles h) podrá adquirir derechos y formar parte y/o integrar toda clase de sociedades, cualesquiera sea su forma y el objeto a que se dedique, sea como socio, asociado o gestor. La sociedad podrá abordar otras actividades y/o giros que se determinen de consumo por los accionistas sin que para ello importe modificar los estatutos. La administración será ejercida indistintamente por doña ANTONIA CASTILLO BATARCE y doña FLORENCIA CASTILLO BATARCE, quienes anteponiendo la razón social a sus propias firmas, la obligará en toda clase de actos o contratos y la representará judicial y extrajudicialmente, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes; Capital $2.000.000, dividido en 1000 acciones, nominativas, de la misma serie, sin valor nominal, se suscriben y pagan por ANTONIA CASTILLO BATARCE, 250 acciones equivalentes a $500.000, correspondiéndole el 25%; CARLOS AGUIRRE ILLANES, 250 acciones equivalentes a $500.000, correspondiéndole el 25%; JAVIERA BELEN VERA NUÑEZ, suscribe y paga 250 acciones equivalentes a $500.000, correspondiéndole el 25%; FLORENCIA CASTILLO BATARCE 250 acciones equivalentes a $500.000, correspondiéndole el 25%. Todos los porcentajes sobre el capital social y los aportes en dinero e ingresados a caja social; el capital se encuentra suscrito y pagado en su totalidad. Demás estipulaciones escritura extractada.- Doñihue, cinco de julio del año 2022.-