Instrumento
- Fecha
- 1 de agosto de 2022
- Repertorio
- 9286-2022
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- BURAK JOYAS SpA,
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: compra, venta, comercialización, distribución, importación, exportación, fabricación, de toda clase de joyas, en oro, plata, cobre, y sus derivados, joyería artesanal, bisutería, relojerías; B) confección, fabricación, comercialización, compra, venta, distribución por cuenta propia o ajena, de todo tipo de ropa, prendas de vestir, telas y accesorios, además, podrá celebrar todos los actos, contratos y negocios que tiendan a la consecución y cumplimento de su objeto, más toda otra actividad que los socios de común acuerdo determinen
Administración
La administración, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad corresponderá a don SAAD GHAZANFAR, amplias facultades en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, Segundo Piso, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 01 de agosto de 2022, Repertorio N°9.286-2022, ante mí, don SAAD GHAZANFAR, quien declara ser Pakistaní, soltero, Joyerista, domiciliado en Santo Domingo mil doscientos cuarenta y tres, Departamento mil doscientos diez, comuna de Santiago, Región Metropolitana; constituyó sociedad por acciones denominada “BURAK SpA”, con nombre de fantasía: BURAK JOYAS SpA, Duración: La duración de la sociedad será indefinida, a contar de esta fecha. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Objeto Social: El objeto de la sociedad será: compra, venta, comercialización, distribución, importación, exportación, fabricación, de toda clase de joyas, en oro, plata, cobre, y sus derivados, joyería artesanal, bisutería, relojerías; B) confección, fabricación, comercialización, compra, venta, distribución por cuenta propia o ajena, de todo tipo de ropa, prendas de vestir, telas y accesorios, además, podrá celebrar todos los actos, contratos y negocios que tiendan a la consecución y cumplimento de su objeto, más toda otra actividad que los socios de común acuerdo determinen. ADMINISTRACION: La administración, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad corresponderá a don SAAD GHAZANFAR, amplias facultades en escritura extractada. Capital: El capital de la sociedad será diez millones de pesos, dividido en cien acciones sin valor nominal, que se suscribe y paga en este acto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 01 de agosto de 2022.