ASESORÍAS E INVERSIONES AJS SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de julio de 2022
- Notario
- ANTONIETA ROJAS MARINA PONTIGO
- Oficio
- 48ª Notaría de Santiago con oficio en Avda. Apoquindo 3076
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Prestar asesorías en general y especialmente en materias de servicios jurídico o legales de toda índole y especie; tanto judiciales como corporativos, tributarios, laborales, medio ambientales y de cualquier otra naturaleza que sean requeridos; b) La elaboración de estudios, informes, memorándums, opiniones u otros en materias jurídicas de toda especie; c) La inversión tanto en Chile como en el exterior en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como valores, derechos sociales, acciones, bonos, debentures, títulos de crédito y de inversión; su administración y percepción de los frutos o rentas que generen; pudiendo comprar, vender, arrendar, comercializar y explotar bienes muebles e inmuebles por cuenta propia o ajena, administrando las rentas de tales inversiones; d) En general, prestar todo tipo de servicios profesionales, ya sea de asesoría o de otra naturaleza, directamente o a través de alguno de sus accionistas; y, e) efectuar todo otro tipo de actividades afines, similares complementarias o relacionadas con las anteriormente indicadas. Capital y Acciones: $1.000.000.- dividido en 100 acciones nominativas, de una sola serie, íntegramente suscrito y pagado por el accionista en la forma descrita en la escritura extractada
Administración
La administración de la sociedad y su representación judicial y extrajudicial corresponderá al accionista Álvaro Jofré Serrano, el que podrá actuar por sí o por intermedio de o uno o más apoderados que designe especialmente para este efecto, con las facultades que se señalan en la escritura extractada
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ALVARO JOFRÉ SERRANO | socio | 16574269-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA ROJAS MARINA PONTIGO, Notario Público Interino de la 48ª Notaría de Santiago con oficio en Avda. Apoquindo 3076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de julio de 2022, ante mí, ALVARO JOFRÉ SERRANO, chileno, soltero, abogado, RUT Nº 16.574.269-9, Camino Villarrica Pucón, Km. 20, departamento 301, Pucón, constituyó una sociedad por acciones, con las siguientes menciones: Nombre: ASESORÍAS E INVERSIONES AJS SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Prestar asesorías en general y especialmente en materias de servicios jurídico o legales de toda índole y especie; tanto judiciales como corporativos, tributarios, laborales, medio ambientales y de cualquier otra naturaleza que sean requeridos; b) La elaboración de estudios, informes, memorándums, opiniones u otros en materias jurídicas de toda especie; c) La inversión tanto en Chile como en el exterior en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como valores, derechos sociales, acciones, bonos, debentures, títulos de crédito y de inversión; su administración y percepción de los frutos o rentas que generen; pudiendo comprar, vender, arrendar, comercializar y explotar bienes muebles e inmuebles por cuenta propia o ajena, administrando las rentas de tales inversiones; d) En general, prestar todo tipo de servicios profesionales, ya sea de asesoría o de otra naturaleza, directamente o a través de alguno de sus accionistas; y, e) efectuar todo otro tipo de actividades afines, similares complementarias o relacionadas con las anteriormente indicadas. Capital y Acciones: $1.000.000.- dividido en 100 acciones nominativas, de una sola serie, íntegramente suscrito y pagado por el accionista en la forma descrita en la escritura extractada. Administración: La administración de la sociedad y su representación judicial y extrajudicial corresponderá al accionista Álvaro Jofré Serrano, el que podrá actuar por sí o por intermedio de o uno o más apoderados que designe especialmente para este efecto, con las facultades que se señalan en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de julio de 2022.