CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VÁSQUEZ Y ABUGATTAS SOCIEDAD PROFESIONAL DE ABOGADOS LIMITADA

CVE 2169484
Capital
$1.000 CLP
Notaría
San Miguel
Duración
Indefinida

Instrumento

Notario
MARCELA MEDINA RICCI
Oficio
1° Notaría de San Miguel
Comuna
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será exclusivamente la prestación de servicios profesionales de abogado, a personas naturales o jurídicas

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a doña PAULA ANDREA ABUGATTAS NAZAL o a doña PAMELA FERNANDA VASQUEZ AVENDAÑO, indistinta e individualmente, amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELA MEDINA RICCI, Notario Público 1° Notaría de San Miguel, con asiento en San Ramón, República de Chile y oficio en Avenida Santa Rosa número 7.955, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, PAULA ANDREA ABUGATTAS NAZAL, PAMELA FERNANDA VASQUEZ AVENDAÑO y FRANCISCO JAVIER VALDIVIESO CIFUENTES, todos domiciliados en Avenida La Dehesa 181, oficina 803, comuna de Lo Barnechea, Santiago, y de paso por ésta; constituyeron sociedad de Responsabilidad Limitada, con los siguientes estatutos: Razón Social: “VÁSQUEZ Y ABUGATTAS SOCIEDAD PROFESIONAL DE ABOGADOS LIMITADA”. Objeto: El objeto de la sociedad será exclusivamente la prestación de servicios profesionales de abogado, a personas naturales o jurídicas. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a doña PAULA ANDREA ABUGATTAS NAZAL o a doña PAMELA FERNANDA VASQUEZ AVENDAÑO, indistinta e individualmente, amplias facultades. Capital: $1.000.000 que los socios aportan en este acto, íntegramente, en dinero efectivo, en la siguiente forma y proporción: Uno.- doña PAULA ANDREA ABUGATTAS NAZAL, aporta la suma de $480.000, equivalente al 48% de los derechos sociales de la compañía, aporte que realizada en el acto y con dinero efectivo, ya ingresado en la caja social, Dos.- doña PAMELA FERNANDA VASQUEZ AVENDAÑO, aporta la suma de $480.000, equivalente al 48% de los derechos sociales de la compañía, aporte que realizada en el acto y con dinero efectivo, ya ingresado en la caja social, y Tres.- don FRANCISCO JAVIER VALDIVIESO CIFUENTES, aporta la suma de $40.000, equivalente al 4% de los derechos sociales de la compañía, aporte que realizada en el acto y con dinero efectivo, ya ingresado en la caja social. Duración: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá tácita y automáticamente renovado en términos iguales, sucesivos e indefinidos a menos que uno de los socios notifique judicialmente su intención de ponerle término con una anticipación a lo menos seis meses al vencimiento. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otras ciudades del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 1 de agosto del 2022. MARCELA MEDINA RICCI. Notario Público.