MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Sociedad Médica Ehca SpA

RUT 77014918-5 CVE 2169713
Fecha instrumento
2 de agosto de 2022
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
2 de agosto de 2022
Notario
JUAN ROBERTO PEÑA URRA
Oficio
Séptima Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ROBERTO PEÑA URRA, Abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Rancagua, con oficio en Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva (Carretera del Cobre) N° 340, Local 3, certifica que: Por escritura pública de hoy 02 de agosto de 2022, ante mí, EDMUNDO HUMBERTO CAMPOS ALARCON, médico cirujano, cédula de identidad número 9.142.488-6; XIMENA DEL CARMEN HERBIAS SANCHEZ, técnico en nivel superior de enfermería, cédula de identidad número 14.458.205-5, y VERONICA PATRICIA HERBIAS SANCHEZ, técnico en nivel superior de enfermería, cédula de identidad número 12.393.441-5 todos domiciliados en Avenida San Joaquín Sur número 1061, Rancagua, modificaron sociedad denominada SOCIEDAD MEDICA EHCA SpA, constituida mediante escritura pública el 10 de abril del año 2019, ante Notario Público de Rancagua don Jaime Bernales Valenzuela, publicado en el diario oficial el 10 de mayo del año 2019 e inscrito a fojas 389 N° 244 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces del año 2019. Modificación: Edmundo Humberto Campos Alarcón vende 25 acciones a Ximena del Carmen Herbias Sánchez; y 25 acciones a Verónica Patricia Herbias Sánchez, en la suma total de $100.000, pagados en efectivo en la forma estipulada en escritura de modificación. Quedando como socios Edmundo Humberto Campos Alarcón con 50 acciones; Ximena del Carmen Herbias Sánchez con 25 acciones; Verónica Patricia Herbias Sánchez con 25 acciones. Se modifica el objeto social introduciendo una nueva actividad: f) La representación de marcas nacionales o extranjeras tanto en chile como en el extranjero de empresas chilenas o extranjeras de marcas comerciales, productos o servicios o empresas, cualquiera que sea su clase u objeto; por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros-. En lo no modificado rige pacto constitutivo y su modificación. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Rancagua, 02 de agosto 2022. Doy Fe.