INVERSIONES SODIAC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de agosto de 2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Ley aplicable
- ley N°20.019
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto efectuar inversiones en toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, y en especial adquirir, explotar, lotear, subdividir, urbanizar, administrar, percibir sus frutos, enajenar, hipotecar, prendar y gravar a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, todo tipo de inmuebles, rústicos y urbanos, derechos o acciones en cualquier tipo de sociedades, civiles o comerciales, productos, monedas, acciones, opciones, bonos, debentures y efectos públicos o de comercio; efectuar y tomar depósitos a plazo y todo tipo de inversiones financieras; y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad y el desarrollo de su
Administración
Corresponde exclusiva e individualmente don GONZALO ANDRÉS PARRA MORONI, con las más amplias facultades
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES SODIAC LIMITADA | socio | 76350661-4 | — | — | |
| La sociedad INVERSIONES SODIAC LIMITADA | socio | 76350661-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 2 de Agosto de 2022, Rep. N° 16.588-2022, ante mí, don GONZALO ANDRÉS PARRA MORONI, cédula de identidad N°15.382.448-7, domiciliado en Francisco Lobos N°814, Quinta Normal; y doña MERCEDES DEL CARMEN MORONI GÁLVEZ, cédula nacional de identidad N°4.881.232-5, domiciliada en Padre Errázuriz N°8.029, Las Condes; en su calidad de únicos socios, acuerdan transformar la sociedad INVERSIONES SODIAC LIMITADA, RUT N°76.350.661-4, en una sociedad por acciones (SpA), la que será la continuadora legal para todos los efectos; y que se regirá por los estatutos definitivos y refundidos que se extractan a continuación y supletoriamente por las disposiciones de ley N°20.019, Código de Comercio, Código Civil y la Ley N°18.046, sus modificaciones y su reglamento. ANTECEDENTES: La sociedad INVERSIONES SODIAC LIMITADA, RUT N°76.350.661-4, se constituyó por escritura pública de fecha 21 de octubre de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello; extracto inscrito a fojas 84.158 N°55.201 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013.- TRANSFORMACIÓN: Estatutos: Razón Social: “INVERSIONES SODIAC SpA”.- Domicilio: ciudad de Santiago.- Objeto: La Sociedad tiene por objeto efectuar inversiones en toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, y en especial adquirir, explotar, lotear, subdividir, urbanizar, administrar, percibir sus frutos, enajenar, hipotecar, prendar y gravar a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, todo tipo de inmuebles, rústicos y urbanos, derechos o acciones en cualquier tipo de sociedades, civiles o comerciales, productos, monedas, acciones, opciones, bonos, debentures y efectos públicos o de comercio; efectuar y tomar depósitos a plazo y todo tipo de inversiones financieras; y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad y el desarrollo de su giro.- Capital: $1.000.000.-; dividido en 100 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que se encuentra íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas.- Administración, Representación de la Sociedad y Uso de la Razón Social: Corresponde exclusiva e individualmente don GONZALO ANDRÉS PARRA MORONI, con las más amplias facultades.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 05 de agosto de 2022.-