MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CVF OLEOHIDRAULICA LIMITADA

RUT 76477606-2 CVE 2170049

Instrumento

Notario
CHARLES DE LA HARPE PALMA
Domicilio
las comunas de Angol y Renaico

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CHARLES DE LA HARPE PALMA, Notario Público Titular de las comunas de Angol y Renaico, con oficio calle Manuel Bunster N°341, Angol, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, CELSO ENRIQUE SAN MARTIN QUIROZ, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número ocho millones doscientos un mil ciento siete guión dos ; don VICTOR DANIEL CEA DIAZ, chileno, soltero, factor de comercio, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ciento cincuenta y ocho mil seiscientos treinta y cuatro guión ocho; y don OSCAR ANDRES FLORES TILLERIA, chileno, soltero, factor de comercio, cédula nacional de identidad número quince millones doscientos veinticuatro mil quinientos setenta y tres guión cuatro, todos con domicilio en la ciudad de Angol, Avenida Austria dos mil ochocientos veintisiete; modifican sociedad "CVF OLEOHIDRAULICA LIMITADA"; rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos setenta y siete mil seiscientos seis guión dos. Constituida por escritura pública de fecha veinte de Agosto del año dos mil quince, Repertorio número mil cuatrocientos treinta y uno, otorgada ante la Notario Público de Angol doña Esmirna Vidal Moraga, inscribió en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Angol, a fojas ciento veintiuno número sesenta y ocho del año dos mil quince, y cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y un mil doscientos cuarenta de fecha veinticuatro de Agosto del dos mil quince.- Cesión de derechos: CELSO ENRIQUE SAN MARTIN QUIROZ, quien en la actualidad posee el treinta y cuatro por ciento de los derechos sociales, vende, cede y transfiere: a) el diecisiete por ciento de sus derechos, a don VICTOR DANIEL CEA DIAZ . El precio de esta cesión es la suma de dos millones quinientos mil pesos y; b) vende, cede y transfiere el diecisiete por ciento restante de sus derechos, a don OSCAR ANDRES FLORES TILLERIA,. El precio de esta cesión es la suma de dos millones quinientos mil pesos. Modificación consiste en: a) La administración y el uso de la razón social corresponderá a VICTOR DANIEL CEA DIAZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo a la razón social su firma, la representarán con las más amplias facultades y atribuciones, en toda clase de actos, contratos y negocios relativos al giro social, los cuales se enumeran en la cláusula octava del pacto social; y b) Las utilidades y las eventuales pérdidas se distribuirán en un 50% para VICTOR DANIEL CEA DIAZ; y en un 50% para OSCAR ANDRES FLORES TILLERIA.- En todo lo demás, mantienen plena vigencia las cláusulas del pacto social original y de sus modificaciones posteriores.- Angol, 08 de Agosto de 2022.