CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Constructora Haus Chile SpA

CVE 2169796
Fecha instrumento
1 de agosto de 2022

Instrumento

Fecha
1 de agosto de 2022
Repertorio
3280

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DAVID POZA MATUS, Suplente del Titular don LUIS POZA MALDONADO, Notario de Santiago, Avda. Vitacura 6844 Vitacura, certifica: Por escritura de 01 de agosto de 2022 ante el Titular don Luis Poza Maldonado, don JOAQUÍN ALEJANDRO VÁSQUEZ MENDOZA, chileno, soltero, arquitecto, cédula nacional de identidad número quince millones doscientos noventa y tres mil trescientos nueve guion seis, con domicilio en Santa Julia número setenta y siete departamento trescientos cuatro, comuna de Ñuñoa, Santiago y doña MARÍA PAZ YUNIS CLAROS, anteriormente conocida como MARÍA PAZ SALINAS CLAROS, chilena, soltera, ingeniero en construcción, cédula nacional de identidad número dieciocho millones setecientos treinta y siete mil setecientos cincuenta y uno guion “K” con domicilio en Río Claro número ochocientos cincuenta y siete, comuna de Peñalolén. Los comparecientes, mayores de edad, quienes acreditaron su identidad con las cédulas indicadas, con esta misma fecha y anotada bajo el repertorio N°3280, constituyeron mediante escritura pública una Sociedad por Acciones denominada “Constructora Haus Chile SpA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “Haus Design SpA”; el domicilio será la ciudad de Santiago de Chile, lo anterior, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero; la duración de la sociedad será indefinida; El objeto de la Sociedad será a) El estudio, diseño, planeación, contratación y ejecución de toda clase de proyectos de edificación, obras civiles y bienes inmuebles en general, así como la realización en ellos de adiciones, mejoras, modificaciones, restauraciones y reparaciones. La prestación de servicios técnicos y de consultoría en los diferentes campos de La realización de trabajos, estudios, consultorías y proyectos en materia de urbanismo y arquitectura. La adquisición de inmuebles para ejecutar por sí o por medio de terceros proyectos de construcción mediante su subdivisión, urbanización, programación, promoción, venta de lotes o de unidades habitacionales, o locales comerciales o industriales que resulten de la edificación. El desarrollo de construcciones, parcelaciones o urbanizaciones en bienes propios o de terceros; bien sea para planes de vivienda, locales comerciales o industriales. La promoción, constitución y asociación de empresas o sociedades que tengan por objeto la construcción de inmuebles o los negocios sobre propiedad raíz. Las inversiones en propiedades inmuebles para enajenarlos o desarrollar proyectos de edificación, estando facultada la sociedad para reservar para sí, o para los accionistas las áreas que a bien tengan para arrendamiento o explotación comercial. La construcción de canalizaciones externas y subterráneas para extensión y distribución de redes de energía, teléfonos, acueducto y alcantarillado y en general, todo lo relacionado con servicios públicos. La construcción de estructuras para edificios, puentes e infraestructura en general en concreto o metálicas. La adquisición a título oneroso de equipos, maquinaria, instalaciones, accesorios e implementos auxiliares empleados en la construcción de obras y edificios, con el propósito de usarlos en las obras que ejecute pudiendo también arrendarlos o celebrar con ellos cualquier tipo de transacción. b) Cualquier actividad que fuere necesaria para desarrollar el objeto de la sociedad. Las actividades indicadas podrán desarrollarse directa o indirectamente, bajo subordinación o subcontratación, pudiendo ser ejercidas de manera físico/presencial o en forma telemática, pudiendo actuar de forma individual o conjuntamente con otras personas naturales, jurídicas o afines; pudiendo la sociedad -para el cumplimiento de su objeto- constituir nuevas sociedades y/o incorporarse a otras ya existentes y c) Todo otro tipo de actividad que los socios determinen y que no sea prohibida por la normativa vigente. El capital de la Sociedad será la suma de seis millones de pesos, divididos en seiscientas acciones, de una misma serie y sin valor nominal. No habrá serie de acciones y privilegios, el capital social será pagado de la siguiente forma: Don JOAQUÍN ALEJANDRO VÁSQUEZ MENDOZA, ya individualizado, suscribe un total de trescientas acciones, lo cual corresponde a un monto en dinero en efectivo de tres millones de pesos, los que paga totalmente en este acto, al contado y dinero en efectivo, ingresando dicha suma a la caja social y doña MARÍA PAZ YUNIS CLAROS,, ya individualizada, suscribe un total de trescientas acciones, lo cual corresponde a un monto en dinero en efectivo de tres millones de pesos, los que paga totalmente en este acto, al contado y dinero en efectivo, ingresando dicha suma a la caja social. La administración, la representación legal y la representación ante el Servicio de Impuestos Internos le corresponderán a don JOAQUÍN VÁSQUEZ, ya individualizado. Santiago, agosto 04 de 2022.