DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES Y SERVICIOS MARCO POLO LIMITADA

RUT 76421397-1 CVE 2168412
Fecha instrumento
21 de julio de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de julio de 2022
Repertorio
6841/2022
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 21/07/2022, repertorio 6.841/2022, ante mí: doña CLAUDIA LORENA GÓMEZ NAVEA, por sí y en representación de INVERSIONES ESMERALDA SpA, y don CLAUDIO ELIECER GÓMEZ NAVEA, todos domiciliados en calle Cerro El Plomo N°5855, piso 16, oficina 1605, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; en calidad de únicos socios de INVERSIONES Y SERVICIOS MARCO POLO LIMITADA, inscrita a fojas 96.594 número 59.066 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014, acordaron lo siguiente: Uno) El retiro de doña Claudia Lorena Gómez Navea como socia de INVERSIONES Y SERVICIOS MARCO POLO LIMITADA, mediante la venta, cesión y transferencia de la totalidad de sus derechos a INVERSIONES ESMERALDA SpA, quien los compró, aceptó y adquirió en $1.000, que pagó en el acto en dinero efectivo. Dos) El retiro de don Claudio Eliecer Gómez Navea como socio de INVERSIONES Y SERVICIOS MARCO POLO LIMITADA, mediante la venta, cesión y transferencia de la totalidad de sus derechos a INVERSIONES ESMERALDA SpA, quien los compró, aceptó y adquirió en $1.000, que pagó en el acto en dinero efectivo.Tres) Como consecuencia de la venta y cesión de derechos de que dan cuenta los numerales precedentes, se ha reunido bajo el dominio y titularidad de INVERSIONES ESMERALDA SpA la totalidad de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES Y SERVICIOS MARCO POLO LIMITADA, razón por la cual se ha producido de pleno derecho la disolución de esta última, pasando INVERSIONES ESMERALDA SpA a sucederla, por el solo pasivo, sin que sea necesario proceder a la liquidación de la sociedad que se disuelve. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 2 de agosto de 2022.