ULA MAVI SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de julio de 2022
- Repertorio
- 14605-2022
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.136.052.773 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| AGRO GROUP FARMS S.A | socio | 79608770-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36ª Notaria de Santiago, oficio en calle La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 11 de julio de 2022, Repertorio N° 14.605-2022, ante mí, AGF, AGRO GROUP FARMS S.A., Rol Único Tributario N°79.608.770-6, con domicilio a estos efectos en Burgos N° 88 depto.18, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, rectifica escritura de “CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD ULA MAVI SpA”, otorgada por escritura pública de fecha 25 de enero 2022, de esta misma Notaría. Un extracto de la citada escritura fue inscrito a fojas 13616 N°6473 Reg. Com. CBR Stgo. 2022. Por un error de hecho involuntario se señaló en la Cláusula Cuarta permanente del Estatuto social, que el capital de la sociedad ascendía a $1.810.158.908, toda vez que en realidad correspondía a la suma de $2.136.052.773, por lo que se rectifica cláusula cuarta permanente - y primero transitorio no extractable -, la que se reemplaza por la del siguiente tenor literal: “ARTICULO CUARTO: Capital. El capital de la Sociedad es la suma de $2.136.052.773, el cual se divide en ciento ochenta y un mil acciones, de igual valor, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegio alguno, las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones de la Sociedad se suscriben y pagan según se indica en el artículo Primero Transitorio de estos estatutos. La sociedad podrá adquirir a cualquier título y poseer acciones de su propia emisión, las que deberán ser enajenadas dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de su adquisición. Si no fueren enajenadas dentro de dicho plazo, el capital social quedará reducido de pleno derecho y las acciones referidas serán eliminadas del registro de accionistas, reduciéndose por tanto el número de acciones en que se dividirá el capital. Mientras las acciones de propia emisión permanezcan bajo el dominio de la sociedad no se computarán para la constitución del quórum en Juntas de Accionistas, aprobar modificaciones a los estatutos, ni tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de nuevas acciones”. Demás cláusulas constan escritura extractada. Santiago, 28 de Julio de 2022.