MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ARRIAGADA Y HENRIQUEZ LIMITADA

RUT 77808140-7 CVE 2167547
Fecha instrumento
16 de julio de 2002
Notaría
Linares

Instrumento

Fecha
16 de julio de 2002
Notario
LUIS GUILLERMO ALVAREZ DONOSO
Oficio
Tercera Notaría de Linares
Comuna
Linares

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS GUILLERMO ALVAREZ DONOSO, abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Linares, domiciliado en calle Independencia número 566 Linares, certifica: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, MYRIAM DE LAS MERCEDES ARRIAGADA MÁRQUEZ, domiciliada en calle Alaska número mil seiscientos diez, Barrio Las Rosas, comuna de Maipú, Región Metropolitana, de paso en ésta; doña MARÍA ROSARIO o MARÍA DEL ROSARIO HENRÍQUEZ MEJÍAS, domiciliada en Avenida Los Molles cero trescientos sesenta y tres, comuna Recoleta, Región Metropolitana, de paso en ésta; doña YAMILE ALEJANDRA IMBARACK ARRIAGADA, domiciliada en Alaska mil seiscientos diez, comuna Maipú, Región Metropolitana, de paso en ésta; y don SIMÓN EUGENIO IMBARACK HENRÍQUEZ, domiciliado en Los Hualles, kilómetro 9, de Linares, rectificaron modificación de sociedad que gira bajo razón social “ARRIAGADA Y HENRIQUEZ LIMITADA”, con domicilio en Santiago, capital cien mil pesos, constituida por escritura pública de 16 de julio de 2002, otorgada ante el Notario de Santiago, don Jorge Zañartu Squella, extracto inscrito a fojas 19.164, número 15.684, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2002 y publicado en el Diario Oficial de fecha 2 de agosto del año 2002; modificación saneada por escritura pública de fecha 14 de diciembre de 2021, ante el Notario Público de Linares, don Héctor De La Paz Arenas, Suplente del Titular Luis Guillermo Álvarez Donoso, cuyo extracto se publicó en el N°43.141.- La rectificación consiste en lo siguiente: “A consecuencia de la cesión de derechos sociales de que da cuenta la cláusula precedente, la composición de los socios queda establecida en 59% para la socia doña Yamile Alejandra Imbarack Arriagada, en 40% para la socia doña Myriam De Las Mercedes Arriagada Márquez, y en 1% para el socio don Simón Eugenio Imbarack Henríquez”.- En lo no rectificado por escritura que se extracta, permanece vigente pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Linares, 26 de julio de 2022.-