MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ANCOR CORREDORES DE SEGUROS SpA

RUT 77568823-8 CVE 2167789
Fecha instrumento
3 de marzo de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de marzo de 2022
Notario
Gerardo Andrés Carvallo Castillo
Oficio
45º Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley N° 251

Objeto social

La sociedad tendrá como objetivos: Actuar como Corredores de Seguros; realizar actividades de seguros generales, excepto actividades que correspondan a Isapres; actividades de corretaje de propiedades y tasación de inmuebles; prestar asesoría en toda clase de negocios y empresas, así como también, ejecutar toda clase de comisiones y mandatos en relación con estas áreas. Respecto de las asesorías en toda clase de negocios y empresas, cuando ellas se refieran a asesorías de inversión y)o previsión u otras materias que requieran inscripción ante la Comisión para el Mercado Financiero, deberá cumplirse con dicha formalidad y la normativa que, según el caso, resulte aplicable. En cuanto a la posibilidad de delegar las funciones de Corredor de Seguros, ella sólo será posible respecto de personas que cumplan con los requisitos señalados en el Decreto con Fuerza de Ley N° 251 para actuar como Corredores de Seguros. Por su parte y para actuar como mandatario para la explotación del giro de Corredores de Seguros, ello sólo será posible respecto de personas que igualmente cumplan con la normativa para actuar en ese carácter de acuerdo con Decreto con Fuerza de Ley N° 251. Todo lo restante, subsiste plenamente contenido escritura pública constitutiva de la sociedad. Santiago, 26 julio 2022. Gerardo Andrés Carvallo Castillo. P.U.T

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MODIFICACION SOCIEDAD POR ACCIONES“ANCOR CORREDORES DE SEGUROS SpA.”Gerardo Andrés Carvallo Castillo, Notario Público, 45º Notaría Santiago, Huérfanos Nº 979, Piso 7º, certifico: Por escritura pública fecha hoy ante mí, Roberto Alfonso Villalobos Vergara, corredor de seguros, domicilio Santiago, José Zapiola N° 7721, Casa F, La Reina; Eva Katherine Ortiz Pinilla, corredora de seguros, domicilio Santiago, Diagonal Teniente Cruz N° 557; Departamento N° 704, Pudahuel y Ana Maria Cornejo Hofmann, corredora de seguros, domicilio Santiago, Miguel Claro N° 935; Depto. 14, Providencia, modificaron sociedad “ANCOR Corredores de Seguros SpA”, constituida escritura pública esta Notaría, fecha 03 marzo 2022, extracto inscrito Registro Comercio Santiago, Fs. 21.847, N° 10.068, año 2022, publicada Diario Oficial 25 marzo 2022, siguientes aspectos: Artículo Primero: Se reemplaza por el siguiente: 1) ARTICULO PRIMERO: Del Nombre. El nombre de la sociedad será “ANCOR CORREDORES DE SEGUROS SpA, nombre con el que actuará ante todo tipo de instituciones y empresas de los sectores público y privado. 2) Artículo Cuarto: Se reemplaza por el siguiente: ARTÍCULO CUARTO: Del Objeto Social. La sociedad tendrá como objetivos: Actuar como Corredores de Seguros; realizar actividades de seguros generales, excepto actividades que correspondan a Isapres; actividades de corretaje de propiedades y tasación de inmuebles; prestar asesoría en toda clase de negocios y empresas, así como también, ejecutar toda clase de comisiones y mandatos en relación con estas áreas. Respecto de las asesorías en toda clase de negocios y empresas, cuando ellas se refieran a asesorías de inversión y/o previsión u otras materias que requieran inscripción ante la Comisión para el Mercado Financiero, deberá cumplirse con dicha formalidad y la normativa que, según el caso, resulte aplicable. En cuanto a la posibilidad de delegar las funciones de Corredor de Seguros, ella sólo será posible respecto de personas que cumplan con los requisitos señalados en el Decreto con Fuerza de Ley N° 251 para actuar como Corredores de Seguros. Por su parte y para actuar como mandatario para la explotación del giro de Corredores de Seguros, ello sólo será posible respecto de personas que igualmente cumplan con la normativa para actuar en ese carácter de acuerdo con Decreto con Fuerza de Ley N° 251. Todo lo restante, subsiste plenamente contenido escritura pública constitutiva de la sociedad. Santiago, 26 julio 2022. Gerardo Andrés Carvallo Castillo. P.U.T.