CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Torres & Cisternas Consultores SpA

CVE 2167191
Capital
$50.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Notario
VERONICA TORREALBA COSTABAL
Domicilio
Iván Torrealba Acevedo
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$50.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de toda clase de servicios de consultoría y asesoría tanto en materias de negocios agrícolas como de servicios gastronómicos, relacionados en general, con el comercio nacional e internacional, administración y organización de empresas, evaluación de proyectos y, en general, en materias administrativas, comerciales y económicas. En general, el objeto de la Sociedad podrá estar constituido por todas las actividades que el o los accionistas estimen conveniente para el cumplimiento del objeto social y demás negocios que ellos acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente de Iván Torrealba Acevedo, Titular de la 33° Notaría de Santiago, Huérfanos 979, Of. 501 comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de constitución social hoy, ante mí, don Jorge Fernando Torres González y doña Mercedes Ignacia Cisternas Pérez, constituyeron Sociedad por Acciones. Nombre: Torres & Cisternas Consultores SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de toda clase de servicios de consultoría y asesoría tanto en materias de negocios agrícolas como de servicios gastronómicos, relacionados en general, con el comercio nacional e internacional, administración y organización de empresas, evaluación de proyectos y, en general, en materias administrativas, comerciales y económicas. En general, el objeto de la Sociedad podrá estar constituido por todas las actividades que el o los accionistas estimen conveniente para el cumplimiento del objeto social y demás negocios que ellos acuerden. Capital: $50.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma y única serie. Las acciones se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo 1° transitorio. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 28 de Julio del 2022.