CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

RUND INVERSIONES SpA

CVE 2167314
Capital
$1.000.000 CLP

Instrumento

Repertorio
3730/2022

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La sociedad tiene por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Titular 16ª notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura hoy, ante mi, Repertorio Nº 3730/2022 , don Manuel Horacio Gamboa Apparcel y don Gonzalo Andrés Gamboa Apparcel, constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: (i) Nombre: El nombre de la sociedad es "RUND INVERSIONES SpA". (ii) Nombre de los Accionistas: El nombre de los accionistas es don Manuel Horacio Gamboa Apparcel y don Gonzalo Andrés Gamboa Apparcel. (iii) Objeto: La sociedad tiene por objeto: (a) la realización de inversiones en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, como también la administración de dichas inversiones y sus frutos; y (b) en general, cualquier otra actividad relacionada con aquellas indicadas en la letra (a) precedente y que los accionistas acuerden. Se deja constancia que la sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto, tanto en Chile como en el extranjero, de manera directa o través de terceros, y ya sea por cuenta propia o ajena. (iv) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, las que fueron íntegramente suscritas en la siguiente forma: (a) don Manuel Horacio Gamboa Apparcel suscribió 500 acciones por un valor total de $500.000 pesos, suma que se obligó a pagar en el plazo máximo de 3 años, a contar del [. ] de julio del año 2022; y (b) don Gonzalo Andrés Gamboa Apparcel suscribió 500 acciones por un valor total de $500.000 pesos, suma que se obligó a pagar en el plazo máximo de 3 años, a contar del [. ] de julio del año 2022. Se facultó al portador de este extracto para requerir las inscripciones, anotaciones y publicaciones que sean procedentes, y para efectuar todos los trámites conducentes a la completa legalización de la sociedad. Santiago, 25 de julio del año 2022.