MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Quios Limitada

RUT 77641350-K CVE 2166972
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de agosto de 2001

Instrumento

Fecha
17 de agosto de 2001
Notario
RICARDO ROJAS PUGA
Domicilio
Quilpué

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RICARDO ROJAS PUGA, Abogado, Notario Público Quilpué, Diego Portales 790, segundo piso, Suplente del Titular don CARLOS SWETT MUÑOZ, CERTIFICA: Por escritura hoy ante mí, doña MONTSERRAT PATRICIA VARGAS BALBONTIN, domiciliada en Victoria N° 1036, Villa Alemana, doña PRISCILA ESTER SAN MARTIN CARDEMIL, domiciliada en Cervantes N° 1923, El Peumo, Villa Alemana, y don EMMANUEL JOSE OLFOS VARGAS, domiciliado en calle Quinta N°709, Departamento N°1006, Quilpué, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “Inmobiliaria Quios Limitada”, Rut Nº 77.641.350-K, y cuyo capital vigente es de $3.000.000, constituida por escritura pública fecha 17 de agosto 2001, otorgada ante Notario Público de Villa Alemana, doña Marianne Hauser Soto, inscribiéndose un extracto de dicha escritura a fojas 54 Nº 53 en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio Villa Alemana, correspondiente al año 2001, publicándose en el Diario Oficial Nº 37.050, de fecha 30 de agosto de 2001. Modificaciones consisten en: Doña Montserrat Patricia Vargas Balbontín, debidamente autorizada por su cónyuge don Dan Fidel Olfos Ayarza, vende, cede y transfiere el 70% de los derechos sociales que tiene en la sociedad, a don Emmanuel José Olfos Vargas, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Precio cesión es $3.500.000 que el cesionario paga a la cedente al contado y en efectivo. Asimismo, doña Montserrat Patricia Vargas Balbontín, vende, cede y transfiere el 10% de los derechos que tiene en la sociedad, a doña Priscila Ester San Martín Cardemil, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Precio de la cesión es $500.000, que la cesionaria paga a la cedente al contado y dinero efectivo. En mérito de las cesiones de derechos que ha hecho doña Montserrat Patricia Vargas Balbontín, se ha producido el retiro de ésta de la sociedad, otorgándose al efecto reciproco finiquito. En virtud de las cesiones de derechos precedentes, cada uno de los actuales y únicos socios de la sociedad “Inmobiliaria Quios Limitada”, han quedado con las siguientes participaciones: don Emmanuel José Olfos Vargas con un 70% de los derechos sociales y doña Priscila Ester San Martín Cardemil con el 30% restante. Los únicos y actuales socios de la sociedad ya señaladas y a consecuencia cesiones precedentes modifican o adecúan la cláusula relativa al reparto de utilidades o perdidas, las cuales se repartirán en proporción a sus aportes, como asimismo modifican la cláusula cuarta sobre administración y uso de la razón social, la cual, a partir de ahora corresponderá indistintamente, en forma separada o conjunta, a cualquiera de las socios Emmanuel José Olfos Vargas y/o Priscila Ester San Martín Cardemil, con las limitaciones señaladas en escritura. En el resto no modificado mantiene pleno vigor el pacto social original. Demás estipulaciones escritura extractada. Quilpué, 25 de Julio de 2022.