HR CONSEILLER ASESORÍAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de junio de 2022
- Notario
- RODRIGO ANDRÉS FARÍAS PICÓN
- Oficio
- 1ª Notaría de Santiago de don HERNAN CUADRA GAZMURI
- Comuna
- Santiago de don HERNAN CUADRA GAZMURI
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ANDRÉS FARÍAS PICÓN, abogado, Notario Público Suplente de la 1ª Notaría de Santiago de don HERNAN CUADRA GAZMURI, Huérfanos 1.160, Of. 101 y 102, certifica: Por escritura pública ante Titular, de fecha 29 de Junio de 2022, Rep. Nº 18.322/2022, doña MARIA JESUS YAVAR ORREGO, estadístico, C.I. Nº 10.363.958-1, domiciliada en calle Condominio Chicureo II, Parcela 87, comuna de Colina, Región Metropolitana, y de paso en ésta; y doña MARIA MACARENA FERNANDEZ VILLANELO, ingeniero comercial, C.I. Nº 10.579.893-8, domiciliada en calle Agua Quieta N° 1.790, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron sociedad HR CONSEILLER ASESORÍAS LIMITADA, Rut: 76.106.116-K, constituida por escritura pública de fecha 11 de junio de 2010, ante el Notario de Santiago don Iván Torrealba Acevedo, inscrita a fojas 30.609, N° 21.127 del Registro de Comercio del Cons ervador de Santiago del año 2010.- Posteriormente modificada por escritura pública de fecha 17 de Diciembre de 2021, otorgada en la Notaría de Santiago de don Fernando Celis Urrutia, cuyo extracto se inscribió a fs. 10.647, Nº 46.522 del mismo Registro y Conservador antes citado, correspondiente al año 2021.- Modificación consiste: Doña MARIA JESUS YAVAR ORREGO vende, cede y transfiere el 49% de los derechos sociales a doña MARIA MACARENA FERNANDEZ VILLANELO, quien los compra, acepta y adquiere para sí en la suma de $490.000, resultando ambas socias dueñas del 50% del total de los derechos sociales.- Producto de la cesión de los derechos descritos precedentemente, las actuales y únicas socias son doña MARIA JESUS YAVAR ORREGO y doña MARIA MACARENA FERNANDEZ VILLANELO, ambas con un 50% de los derechos sociales cada una, modifican las siguientes clausulas de los estatutos sociales: i) Cláusula QUINTA de los estatutos sociales, referente al capital social, quedando de la siguiente forma: “QUINTO: El capital social será la cantidad de UN MILLÓN DE PESOS, que las socias enteran y aportan de la siguiente forma: a) Con la suma de QUINIENTOS MIL PESOS, que la socia doña MARÍA JESÚS YAVAR ORREGO aporta, paga y entera en este acto, al contado, ya ingresados a la caja social, correspondiéndole el cincuenta por ciento de los derechos sociales; y b) Con la suma de QUINIENTOS MIL PESOS, que la social doña MARÍA MACARENA FERNÁNDEZ VILLANELO aporte, paga y entera en este acto, al contado, ya ingresados en la caja social, correspondiéndole el cincuenta por ciento restante de los derechos sociales”.- ii) La cláusula Séptima de los estatutos sociales, referente a la administración, uso de la razón social y representación de la sociedad, quedando de la siguiente forma: “SÉPTIMO: La administración, uso de la razón social y representación de la sociedad corresponderá en forma separada, indistinta e independientemente a don JORGE ANDRÉS HIRIART SANZ, a doña MARÍA MACARENA FERNÁNDEZ VILLANELO, y a doña MARIA JESÚS YAVAR ORREGO quienes, actuando en forma conjunta o separada y anteponiendo la razón social a su firma, obligarán a la sociedad en toda clase de actos o contratos y la representarán con las más amplias facultades y atribuciones que se detallan en la escritura. En lo demás se mantiene pacto social”.- En todo lo no modificado continúan plenamente vigentes las estipulaciones señaladas en la escritura que por este acto se modifica.- Capital social: $1.000.000.- Santiago 20 de Julio de 2022.- R.A. Farías P., Not. Púb. Sup.