Comercial VNX Limitada
Instrumento
- Fecha
- 26 de julio de 2022
- Repertorio
- 4015
- Notario
- CECILIA GÁLVEZ PINO
- Domicilio
- con oficio en Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar de doña Cecilia Gálvez Pino
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCECILIA GÁLVEZ PINO, Abogado, Notario Público Titular, con oficio en Viña del Mar, Avenida Libertad 1155-A, certifica que por escritura fecha 26 de Julio de 2022, ante mí, FRANCISCA CAROLA BARRIOS ROJAS; SYLVIA GUEDA DE LOURDES ROJAS MELLADO e IVAYLO PARVANOV PAPAZOV, todos Eklonia Nº 540, Jardín del Mar, Reñaca, Viña de Mar, aclaran y complementan escritura pública de fecha 2 de diciembre de 2021, Repertorio Nº 4015, Notaría de Viña del Mar de doña Cecilia Gálvez Pino, sobre resciliación y modificación de Comercial VNX Limitada, inscrita a Fs. 166 Nº 189, año 2009, Reg. Comercio Viña del Mar, cuyo extracto fue publicado con fecha 6 de diciembre de 2021 en el Diario Oficial, no siendo inscrito el extracto en el Registro respectivo, en el sentido de otorgar el consentimiento de comprar, aceptar y adquirir para sí, por parte de doña Sylvia Gueda de Lourdes Rojas Mellado, la cesión de derechos que da cuenta la cláusula tercera de la escritura antes aludida. Asimismo, en el sentido de otorgar el consentimiento de comprar, aceptar y adquirir para sí, por parte de don Ivaylo Parvanov Papazov, la cesión de derechos que da cuenta la cláusula cuarta de la misma escritura aludida. Que en la misma escritura pública de fecha 2 de diciembre de 2021, Repertorio Nº 4015, otorgada en esta misma Notaría, Francisca Carola Barrios Rojas, Sylvia Gueda de Lourdes Rojas Mellado e Ivaylo Parvanov Papazov, efectuaron una resciliación y modificación de la sociedad Comercial VNX Limitada, sin haberse practicado la inscripción del extracto respectivo dentro del plazo estipulado por la Ley 19.499, razón por la que vienen en sanear el vicio recién aludido, esto es el no haberse practicado dentro del plazo legal la inscripción del extracto de la escritura pública antes aludida, debiéndose inscribir y publicar el extracto de la presente escritura en los términos del artículo tercero, letra b), de la Ley antes citada. Viña del Mar, 01 de Agosto de 2022.