MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TRANSPORTE POLAR LOGISTIC SpA

RUT 76175944-2 CVE 2166189
Fecha instrumento
6 de julio de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de julio de 2022
Repertorio
29386-2022
Notario
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
Domicilio
don ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público Suplente de don ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42ª Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas N°1070, Piso 2, Santiago, certifico por escritura pública de fecha 06-07-2022, Repertorio N°29.386-2022, ante mí, PATRICIO ENRIQUE BACTERY AMESTICA domiciliado en Pasaje Francisco Vicuña Nº2586, Maipú, Región Metropolitana, y don FRANCISCO ANTONIO CARO DIAZ, con domicilio Pasaje Bosques de Maipú 0235, comuna de Santiago, Región Metropolitana, modifican sociedad "TRANSPORTE POLAR LOGISTIC SpA.", RUT N°76.175.944-2, constituida por escritura pública de fecha 25 de octubre de 2011, otorgada en la Notaría de Santiago de Jaime Morandé Orrego, repertorio N°4.065-2011, cuyo extracto autorizado se inscribió a fojas 63921 N°46971 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011, y luego modificada por escritura pública de fecha 5 de abril del año 2013 en la misma Notaria de Jaime Morandé Orrego, cuyo extracto se inscribió a fojas 30625 Nº20401 del año 2013, y exponen que introducen desde esta fecha las siguientes modificaciones al pacto social constitutivo y modificaciones posteriores: Patricio Bactery Améstica, vende, cede y transfiere a Francisco Antonio Caro, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 44% de las acciones en el precio total de $880.000.-, pagados de la forma señalada en instrumento que se extracta.- Quedan en consecuencia como socios y porcentajes: PATRICIO BACTERY AMESTICA, con un 48% del haber social total; FRANCISCO CARO DIAZ, con un 44% del haber social total; y MARIA DIAZ GUZMAN, con un 8% del haber social total.- El Uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don FRANCISCO ANTONIO CARO DIAZ con las limitaciones que se indican en el instrumento que se extracta y por último Socios limitan responsabilidad al monto en su participación que tengan en la sociedad.- Quedan plenamente vigentes cláusulas constitutivas y las establecidas en modificaciones posteriores, no alteradas en este acto.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 26 de julio de 2022.