MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD CONSTRUCTORA ALCUBO SpA

RUT 76596657-4 CVE 2166457
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de agosto de 2022
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
1 de agosto de 2022
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP
Domicilio
- será la ciudad de TEMUCO
Duración
Indefinida

Objeto social

- será: La preparación de terreno, excavaciones y movimientos de tierra, construcción y preparación de edificios o de partes de edificios, obras de ingeniería e infraestructura, obras menores en construcción, la adquisición de inmuebles para ejecutar por si o por medio de terceros la construcción mediante urbanización, promoción, venta de lotes o de unidades habitacionales, o locales comerciales o industrias que resulten de la edificación, el desarrollo de construcciones, parcelaciones o urbanizaciones en bienes propios o de terceros, bien sea para planes de vivienda, comerciales o industriales, fabricación de productos metálicos de uso industrial y servicios de arquitectura, prestación de servicios técnicos y de consultoría en los diferentes campos de la ingeniería y construcción, montajes de todo tipo, compra de materiales y)o maquinaria de construcción nueva o usada y otros servicios desarrollados por profesionales de la construcción y arquitectura, así como cualquier otra actividades relacionada directa o indirectamente con las señaladas

Administración

Será administrada por un Gerente General designado por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la junta, o por escritura pública firmada por todos los accionistas de la sociedad. El constituyente de la sociedad don Carlos Julio Riquelme Oviedo, será el Gerente General de la sociedad, y tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Facultades en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública de fecha quince de Julio de dos mil veintidós, ante mí, don Carlos Julio Riquelme Oviedo, cedula de identidad número quince millones seiscientos cincuenta y cuatro mil quinientos noventa y ocho guion ocho, chileno, soltero, ingeniero constructor, con domicilio en calle Pedro de Valdivia número cero novecientos sesenta y uno, villa Lonquimay, de la ciudad de Temuco y don Raúl Manuel Segundo Riquelme Díaz, Cédula nacional de identidad número ocho millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil noventa y seis guión cinco, chileno, casado, jubilado de Fuerzas Armadas, con domicilio en avenida Pedro de Valdivia número cero novecientos sesenta y uno, de la ciudad de Temuco, en representación de don Cristian Esteban Espinoza Pérez, cedula de identidad número quince millones novecientos cuarenta y tres mil setecientos sesenta y dos guion cero, chileno, soltero, arquitecto, con domicilio en calle Phillipi numero seiscientos diecinueve, departamento cuatrocientos uno, de la ciudad de Temuco. Expusieron: Que por escritura pública otorgada con fecha Diecinueve de mayo del año dos mil dieciséis, ante el Notario suplente Público de Temuco don Carlos Ulloa González, don Carlos Julio Riquelme Oviedo, don Cristian Esteban Espinoza Pérez y don Patricio Andres Lara Morales, constituyeron SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA cuya razón social es “ALCUBO CONSULTORES SOCIEDAD LIMITADA”, nombre de fantasía “ALCUBO LIMITADA”, rol único tributario numero setenta y seis millones quinientos noventa y seis mil seiscientos cincuenta y siete guion cuatro, la cual fue inscrita a fojas novecientos ochenta y cuatro vuelta número seiscientos veintinueve del Registro de Comercio de Temuco del año dos mil dieciséis. Que, los socios con fecha Primero de Febrero del año Dos mil dieciocho, modificaron la escritura de constitución, en el siguiente sentido: A) Se modifica la razón social y nombre de fantasía, pasando a tener en adelante la razón social de “SOCIEDAD CONSTRUCTORA ALCUBO LIMITADA” y el nombre de fantasía “CONSTRUCTORA ALCUBO LIMITADA”. B) Se modifica la composición de los socios establecida en la cláusula primera y cuarta de la escritura de constitución de sociedad, en los siguientes sentidos: Uno.- Se retira de la sociedad el socio don Patricio Andres Lara Morales, quedando sin participación ni en la administración, representación ni en el uso de la razón social de la sociedad. Dos.- Don Patricio Andres Lara Morales vende cede y transfiere en partes iguales sus derechos sociales a los socios don Carlos Julio Riquelme Oviedo y don Cristian Esteban Espinoza Pérez en la suma de Diez millones de pesos. Tres.- La sociedad quedó compuesta por don Carlos Julio Riquelme Oviedo y don Cristian Esteban Espinoza Pérez, detentando cada uno el cincuenta por ciento de los derechos sociales. La modificación del estatuto social primitivo, se encuentra inscrita a fojas doscientos cuarenta y seis vuelta número ciento sesenta y siete del Registro de Comercio de Temuco correspondiente al año dos mil dieciocho y cuyo extracto fue publicado en el diario oficial de Chile con fecha tres de marzo del año dos mil dieciocho, en su edición número Cuarenta y un mil novecientos noventa y ocho. Presente modificación: Don Raúl Manuel Segundo Riquelme Díaz, actuando en nombre y representación del socio don Cristian Esteban Espinoza Pérez, vende, cede y transfiere a don Carlos Julio Riquelme Oviedo, el total o cien por ciento de las acciones o derechos sociales que le corresponden en la SOCIEDAD CONSTRUCTORA ALCUBO LIMITADA, en el precio correspondiente a la suma de QUINCE MILLONES de pesos que el cesionario pagará al cedente a través de Diez cuotas mensuales, iguales y sucesivas por la suma de un millón quinientos mil pesos, la primera pagadera al cedente dentro de los últimos quince días del mes de julio del año dos mil veintidós, y la última cuota pagadera los últimos quince días del mes de abril del año dos mil veintitrés, todo lo cual es aceptado a entera satisfacción y conformidad de los contratantes. Transformación de sociedad: don Carlos Julio Riquelme Oviedo viene en transformar dicha sociedad de responsabilidad limitada en una Sociedad por Acciones, la que se denominará “SOCIEDAD CONSTRUCTORA ALCUBO SpA”. Nombre.- El nombre o razón social de la sociedad es “SOCIEDAD CONSTRUCTORA ALCUBO SpA”. Domicilio.- será la ciudad de TEMUCO, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Objeto Social.- será: La preparación de terreno, excavaciones y movimientos de tierra, construcción y preparación de edificios o de partes de edificios, obras de ingeniería e infraestructura, obras menores en construcción, la adquisición de inmuebles para ejecutar por si o por medio de terceros la construcción mediante urbanización, promoción, venta de lotes o de unidades habitacionales, o locales comerciales o industrias que resulten de la edificación, el desarrollo de construcciones, parcelaciones o urbanizaciones en bienes propios o de terceros, bien sea para planes de vivienda, comerciales o industriales, fabricación de productos metálicos de uso industrial y servicios de arquitectura, prestación de servicios técnicos y de consultoría en los diferentes campos de la ingeniería y construcción, montajes de todo tipo, compra de materiales y/o maquinaria de construcción nueva o usada y otros servicios desarrollados por profesionales de la construcción y arquitectura, así como cualquier otra actividades relacionada directa o indirectamente con las señaladas.- Duración.- tendrá una duración indefinida. Capital Social.- El capital de la sociedad será la cantidad de $30.000.000.-, dividido y representado en cien acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, las cuales fueron suscritas e íntegramente pagadas en acto escritura por don Carlos Julio Riquelme Oviedo la suma de treinta millones de pesos, equivalentes al cien por ciento del capital social.”. Administración. Será administrada por un Gerente General designado por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la junta, o por escritura pública firmada por todos los accionistas de la sociedad. El constituyente de la sociedad don Carlos Julio Riquelme Oviedo, será el Gerente General de la sociedad, y tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Facultades en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 01 de Agosto de 2022.