MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA HEREHOW HERMANOS SOTO LIMITADA

RUT 77542507-5 CVE 2166592
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de julio de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de julio de 2022
Repertorio
23663-2022
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Duración
- capital constitutivo $5.000.000

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 28 de Julio del año 2022, Repertorio N°23.663-2022, otorgada ante mí, los comparecientes, don RENÉ GUILLERMO SOTO GARRIDO, Ingeniero mecánico, cédula nacional de identidad Nº13.236.108-8, con domicilio en calle Rolando Petersen N°1761, comuna de Cerro Navia, Región Metropolitana, y don CRISTIAN GONZALO SOTO GARRIDO, Ingeniero mecánico, cédula nacional de identidad Nº15.587.689-1, con domicilio en pasaje Santa Petronila N°3019, comuna Maipú, suscribieron contrato de Modificación de la sociedad denominada, “SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA HEREHOW HERMANOS SOTO LIMITADA”, Rol Unico Tributario Nº77.542.507-5, constituida por escritura pública con fecha 14 de enero del año 2022, ante la Notario Público de Santiago, María Soledad Lascar Merino, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fojas 5572 N°2640 del año 2022 y publicada en el Diario Oficial de fecha 14 de enero del año 2022. Modifican en el siguiente sentido: Don RENÉ GUILLERMO SOTO GARRIDO y don CRISTIAN GONZALO SOTO GARRIDO, como únicos y actuales socios, vienen en modificar la cláusula cuarta de la Administración y Uso de la Razón Social; corresponderá, conjunta e indistintamente a al socio RENÉ GUILLERMO SOTO GARRIDO y a don CRISTIAN GONZALO SOTO GARRIDO, con las más amplias facultades que se indican, expresan y detallan en la aludida cláusula cuarta de la escritura de constitución de la sociedad. Las demás cláusulas del estatuto social no modificadas por la presente escritura mantienen plena vigencia.- capital constitutivo $5.000.000.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 01 de agosto del año 2022.- DOY FE.-