Inversiones Santa Marta Limitada
Instrumento
- Fecha
- 19 de julio de 2022
- Notario
- JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $1.198.888.224 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Inversiones Santa Marta Limitada | socio | 96593110-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, abogado, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en calle A. Prat 770, certifica: Que por escritura pública de fecha 19 de Julio de 2022, otorgada ante mí, ingresada al Repertorio con Nº 3074, Sres. Marcelo Alejandro Rosenberg Leiva, José Luis Rosenberg Leiva, por sí y en representación de don Cristóbal Rosenberg Pacareu y de doña Javiera Rosenberg Pacareu, Claudia Antonia Espinoza Fonseca, Angie Carol Michelle Burgemeister Troncoso, Paula Andrea Lagos Muñoz, María José Rosenberg Lagos, Maximiliano Rosenberg Espinoza, Tomas Eliel Rosenberg Espinoza, Luciano Andrés Rosenberg Lagos, Camila Jesús Rosenberg Lagos, y sociedad Inversiones LRV Limitada representada por Marcelo Alejandro Rosenberg Leiva, todos domiciliados Avenida Caupolicán 1481, Temuco, modificaron la sociedad Inversiones Santa Marta Limitada, RUT 96.593.110-4, en el siguiente sentido: La sociedad fue constituida por escritura pública de fecha diecisiete de abril de mil novecientos noventa y siete, otorgada ante Notario Público de Temuco don Claudio González Rosas, inscribiéndose el extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas trescientos dos vuelta número doscientos treinta y seis, del año mil novecientos noventa y siete, y se publicó en el Diario Oficial con fecha trece de mayo de mil novecientos noventa siete. Por escritura pública de Donación, de fecha 19 de julio de 2022, Rep. Nº 3073, otorgada ante notario de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, comparecieron don Marcelo Alejandro Rosenberg Leiva como “el donante”; y Luciano Andrés Rosenberg Lagos, Camila Jesús Rosenberg Lagos y María José Rosenberg Lagos, como “los donatarios”, en virtud de la cual el donante, dona a título de mera liberalidad e irrevocablemente a los donatarios, quienes declaran adquirir y aceptar para sí, el trece coma sesenta por ciento del total de su participación en la sociedad Inversiones Santa Marta Limitada, de la siguiente manera: a) a Luciano Andrés Rosenberg Lagos, le dona el tres coma cinco seis ocho cinco por ciento de sus derechos sociales, en un valor de cuarenta y dos millones setecientos ochenta y dos mil trescientos veintisiete pesos; b) a Camila Jesús Rosenberg Lagos, le dona el cinco coma cero uno ocho cinco por ciento de sus derechos sociales, en un valor de sesenta millones ciento sesenta y seis mil doscientos cinco pesos; y c) a María José Rosenberg Lagos, le dona el cinco coma cero uno tres por ciento de sus derechos sociales, en un valor de sesenta millones cien mil doscientos sesenta y seis pesos.- Inversiones Santa Marta Limitada, se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas trescientos dos vuelta número doscientos treinta y seis del año mil novecientos noventa y siete. Las sumas corresponden a la sentencia definitiva que se indica más adelante, que autorizó la donación y que se agregó al final de la escritura de donación referida bajo el número 1.365.- La insinuación de esta donación fue otorgada por el Juez Suplente del Segundo Juzgado Civil de Temuco, en la causa Rol número V guion trescientos trece guión dos mil veintiuno, según consta de la sentencia definitiva de fecha veintiocho de junio de dos mil veintidós, las que se agregaron también final de la escritura de donación referida bajo el número 1.366. El impuesto de esta donación, así como los gastos de la misma fueron de cargo del donante y pagados oportunamente, tal como consta en documento también agregado al final de la escritura de donación referida bajo el número 1.367. Por el presente acto e instrumento, los comparecientes vienen en aceptar y consentir, dando su aprobación en todas sus partes a la donación descrita en la cláusula tercera precedente, aceptando a los donatarios Luciano Andrés Rosenberg Lagos, Camila Jesús Rosenberg Lagos y María José Rosenberg Lagos como integrantes de la sociedad Inversiones Santa Marta Limitada, con los nuevos porcentajes en esta sociedad, que son los siguientes: Luciano Andrés Rosenberg Lagos queda con el diez coma sesenta y siete por ciento de los derechos sociales; Camila Jesús Rosenberg Lagos queda con el diez coma sesenta y siete por ciento de los derechos sociales; y María José Rosenberg Lagos queda con el diez coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales. El donante, don Marcelo Alejandro Rosenberg Leiva, queda con el treinta por ciento de los derechos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. CAPITAL: $1.198.888.224.- TEMUCO, 01 de agosto de 2022.