CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES SANFUENTES Y ALVARADO LIMITADA

CVE 2166203
Fecha instrumento
22 de julio de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de julio de 2022
Notario
ALBERTO MOZÓ AGUILAR
Oficio
Cuadragésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Ciudad de Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será: efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, por cuenta propia o ajena, pudiendo al efecto comprar y adquirir a cualquier título bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, subdividirlos, lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos, arrendarlos, subarrendarlos y explotarlos de cualquier manera, pudiendo celebrar todos los demás contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado; la construcción de todo tipo de inmuebles, ya sea por cuenta propia o ajena. La formación, administración, y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; desarrollar y ejecutar todas las actividades relacionadas con la demanda habitacional y organización de personas o grupos que requieran atención a través de programas habitacionales del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. La sociedad podrá desarrollar y ejecutar los giros señalados directamente o por intermedio de otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, y toda otra actividad, negocio o giro que los socios de común acuerdo determinen

Administración

Corresponderá a ambos socios, quienes, actuando conjuntamente y anteponiendo sus firmas a la razón social, obligarán y representarán a la sociedad, con las más amplias facultades, señaladas en escritura extractada. Duración de la sociedad : Será de 30 años, contado desde fecha de escritura de constitución, plazo que se entenderá renovado automática y sucesivamente por períodos iguales, según lo estipulado en pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público Titular Cuadragésima Notaría de Santiago, con Oficio en calle Teatinos Nº 332, certifico: Por escritura de hoy ante mí, MAGDALENA SANFUENTES PARGA, domiciliada en Antupirén 9441, parcela 13, Camino El Sol, Letra D, El Equinoccio, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y JUAN PABLO ALVARADO FOERSTER, domiciliado en Simón González 8142, casa B, Comuna de La Reina, ciudad de Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. El nombre o razón social será "INVERSIONES SANFUENTES Y ALVARADO LIMITADA", pudiendo actuar en todas sus actividades, inclusive con los bancos y demás instituciones financieras, con el nombre de fantasía "INVERSIONES SANFUENTES Y ALVARADO LTDA.". Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer sucursales o agencias en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, por cuenta propia o ajena, pudiendo al efecto comprar y adquirir a cualquier título bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, subdividirlos, lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos, arrendarlos, subarrendarlos y explotarlos de cualquier manera, pudiendo celebrar todos los demás contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado; la construcción de todo tipo de inmuebles, ya sea por cuenta propia o ajena. La formación, administración, y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; desarrollar y ejecutar todas las actividades relacionadas con la demanda habitacional y organización de personas o grupos que requieran atención a través de programas habitacionales del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. La sociedad podrá desarrollar y ejecutar los giros señalados directamente o por intermedio de otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, y toda otra actividad, negocio o giro que los socios de común acuerdo determinen. Capital: El capital social es la suma de dos millones de pesos, aportado por partes iguales por los socios, es decir, un millón de pesos cada uno, que ingresan en este acto a la caja social. Socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. La administración, representación y uso de la razón social: Corresponderá a ambos socios, quienes, actuando conjuntamente y anteponiendo sus firmas a la razón social, obligarán y representarán a la sociedad, con las más amplias facultades, señaladas en escritura extractada. Duración de la sociedad : Será de 30 años, contado desde fecha de escritura de constitución, plazo que se entenderá renovado automática y sucesivamente por períodos iguales, según lo estipulado en pacto social. Demás estipulaciones en escritura que extracto. Santiago, 22 de Julio de 2022.-