GYO Ingeniería Limitada
Instrumento
- Fecha
- 19 de julio de 2005
- Notario
- HUGO PATRICIO MONROY FOIX
- Domicilio
- O´Higgins 414
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUGO PATRICIO MONROY FOIX, Notario Público, O´Higgins 414, Quillota, certifico: por escritura pública de hoy ante mí: GLORIA CRISTINA POZO SAAVEDRA, C.de I. Nº 12.351.323-1; ANETTE CONSTANZA GONZÁLEZ POZO, C.de I. Nº 21.007.279-9; CLAUDIO ALBERTO GONZÁLEZ CARU, C.de I. 11.990.860-4; PATRICIO ALEJANDRO GONZÁLEZ POZO, C.de I. Nº 17.635.594-8, y JAIME ANDRÉS GONZÁLEZ CARÚ, C.de I. Nº 10.938.196-9, todos La Concepción 734, comuna Quillota, modificaron “GYO Ingeniería Limitada”, RUT Nº76.318.710-1, constituida por escritura pública de fecha 19/07/2005 Notario Público Santiago, Cosme Gomila Gatica, extracto inscrito Registro Comercio Santiago fojas 25.618 N° 18.546, año 2005, I) Cesión derechos: Uno: JAIME ANDRÉS GONZÁLEZ CARÚ vende, cede y transfiere totalidad de sus derechos y haberes en la Sociedad y que alcanzan al 10% de ésta a ANETTE CONSTANZA GONZÁLEZ POZO, precio de cesión $12.000.000 pagados en forma establecida en escritura extractada. Dos: JAIME ANDRÉS GONZÁLEZ CARÚ vende, cede y transfiere totalidad de sus derechos y haberes en la Sociedad y que alcanzan al 10% de ésta a PATRICIO ALEJANDRO GONZÁLEZ POZO, precio de cesión $12.000.000 pagados en forma establecida en escritura extractada. II) Retiro e ingreso socios: Consecuencia de cesiones se retira de la sociedad JAIME ANDRÉS GONZÁLEZ CARÚ, e ingresan ANETTE CONSTANZA GONZÁLEZ POZO y don PATRICIO ALEJANDRO GONZÁLEZ POZO. III) Modifican Clausula Capital: “QUINTO: El capital es la suma de diez millones de pesos, que los socios tienen íntegramente aportado en dinero efectivo, en la siguiente proporción: a) Gloria Cristina Pozo Saavedra la suma de tres millones de pesos ($3.000.000.-), equivalentes a un treinta por ciento del capital social; b) Claudio Alberto González Carú, la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000.-), equivalentes a un cincuenta por ciento del capital social; d) Anette Constanza González Pozo, la suma de un millón de pesos ($1.000.000.-), equivalentes a un diez por ciento del capital social; e) don Patricio Alejandro González Pozo, la suma de un millón de pesos ($1.000.000.-), equivalentes a un diez por ciento del capital social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes”. En lo no modificado subsiste íntegramente pacto social original y sus modificaciones posteriores. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Quillota, 26 julio 2022.