GREMIO VEINTIDÓS PRODUCCIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de julio de 2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $400.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
Objeto social
Prestación de servicios y)o generación de contenidos en las áreas de producción y postproducción de películas cinematográficas, videos y programas audiovisuales, destinados a personas naturales o jurídicas, de derecho privado, público o internacional, nacionales o extranjeras, mediante: a) prestación de servicios profesionales, asesoría, diseño, estudios, o ejecución de la producción o postproducción de contenidos audiovisuales; b) realización de conferencias, seminarios, presentaciones y otros afines a los contenidos audiovisuales generados; c) representación por cuenta propia o ajena de todo tipo de personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de derecho público, privado o internacional; y, d) toda otra actividad relacionada con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden, pudiendo celebrar para la consecución del objeto todo otro acto o contrato y realizar todo tipo de actividades, cualquiera que sea su naturaleza, para la consecución de este fin. Todas las actividades que constituyen el objeto social, podrán desarrollarse directamente o a través de terceros, por cuenta propia o ajena y por cualquier medio.- DURACIÓN DE LA SOCIEDAD: La sociedad empezará a regir desde la fecha de suscripción de la escritura extractada y tendrá una duración indefinida
Administración
Corresponderá a don Daniel Benjamín Cristóbal Budinich Aparicio, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, conforme a lo dispuesto en la escritura social extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura de fecha 25 de julio de 2022, Rep. N° 15.866-2022, ante mí, don DANIEL BENJAMÍN CRISTÓBAL BUDINICH APARICIO, con domicilio en avenida Apoquindo, número cinco mil ciento cincuenta y siete, departamento número veintidós, comuna de Las Condes; don ROBBIE ANDRÉS BARRERA YÁÑEZ, con domicilio en calle Lincoyán número mil ciento cincuenta y tres, departamento seiscientos once, comuna de Ñuñoa; don JAVIER CASTILLO CORTÉS, con domicilio en avenida Irarrázaval número cuatro mil novecientos setenta y cinco, departamento treinta y siete, comuna de Ñuñoa; y, don RODRIGO ALONSO ORTEGA LIZANA, con domicilio en calle Lincoyán número mil ciento cincuenta y tres, departamento seiscientos once, comuna de Ñuñoa, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada hasta monto de respectivos aportes, de cuyos estatutos extracto: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: “GREMIO VEINTIDÓS PRODUCCIONES LIMITADA". Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos e instituciones financieras, con los nombres de fantasía de “G VEINTIDÓS LTDA." y "G VEINTIDÓS PRODUCCIONES LTDA.".- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a don Daniel Benjamín Cristóbal Budinich Aparicio, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, conforme a lo dispuesto en la escritura social extractada.- CAPITAL: $400.000. Aportados e ingresados a la sociedad por los socios, en partes iguales, en el acto de constitución, en dinero en efectivo. En la misma proporción se calcularán sus derechos sociales.- OBJETO SOCIAL: Prestación de servicios y/o generación de contenidos en las áreas de producción y postproducción de películas cinematográficas, videos y programas audiovisuales, destinados a personas naturales o jurídicas, de derecho privado, público o internacional, nacionales o extranjeras, mediante: a) prestación de servicios profesionales, asesoría, diseño, estudios, o ejecución de la producción o postproducción de contenidos audiovisuales; b) realización de conferencias, seminarios, presentaciones y otros afines a los contenidos audiovisuales generados; c) representación por cuenta propia o ajena de todo tipo de personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de derecho público, privado o internacional; y, d) toda otra actividad relacionada con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden, pudiendo celebrar para la consecución del objeto todo otro acto o contrato y realizar todo tipo de actividades, cualquiera que sea su naturaleza, para la consecución de este fin. Todas las actividades que constituyen el objeto social, podrán desarrollarse directamente o a través de terceros, por cuenta propia o ajena y por cualquier medio.- DURACIÓN DE LA SOCIEDAD: La sociedad empezará a regir desde la fecha de suscripción de la escritura extractada y tendrá una duración indefinida.- DOMICILIO SOCIAL: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero.- RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de julio de 2022.