CLA SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de julio de 2022
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, Certifica: Por escritura pública de fecha 19/07/2022, suscrita ante mí, don MATIAS ALONSO VARGAS POULSEN, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad número diecisiete millones setecientos dos mil cuatrocientos setenta y tres guion dos, domiciliado en Espoz número cuatro mil cien, departamento veintidós, comuna de Vitacura, y don CLAUDIO ANTONIO ESPINOZA ARANCIBIA, chileno, soltero, profesor, cédula de identidad número 15.872.735 -8, con domicilio en avenida Independencia #740, departamento número 2214, torre c, comuna de Independencia, los comparecientes mayores de edad, quienes modifican, sociedad por acciones CLA SPA, rol único tributario 77.565.431 -7, que se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 28462 número 13100 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2022, en los siguientes sentidos: 1) se viene en modificar la administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad, establecida en el Título Tercero, Artículo décimo primero. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial la tendrán don MATIAS ALONSO VARGAS POULSEN, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad número 17.722.473 - 2, domiciliado en Espoz #4100, departamento 22, comuna de Vitacura, y don CLAUDIO ANTONIO ESPINOZA ARANCIBIA, chileno, soltero, profesor, cédula de identidad número 15.872.735 - 8, con domicilio en avenida Independencia #740, departamento número 2214, torre c, comuna de Independencia, pudiendo actuar de manera conjunta o separada, indistintamente, con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin perjuicio de las limitaciones que se indican en la clausula siguiente. 2) A su vez se vienen a modificar la enumeración de las facultades enunciativas que tendrán los administradores, las cuales se encuentran contenidas en el Titulo Tercero, Articulo decimo segundo, en conformidad a todas y cada una de las señaladas en la escritura extractada, las cuales son meramente enunciativas.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 29 de Julio del 2022.-