MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL MARCAR LIMITADA

RUT 76082029-6 CVE 2165704
Capital
$40.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de julio de 2022

Instrumento

Fecha
22 de julio de 2022
Notario
CESAR ANDRES SUAREZ SANCHEZ
Oficio
5TA NOTARIA DE CHILLAN

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Factor de comercio socio 15277600-4
FELIPE ANDRÉS ACEVEDO ALVARADO socio 19167832-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CESAR ANDRES SUAREZ SANCHEZ, Abogado, Notario Público Titular de LA 5TA NOTARIA DE CHILLAN, con Oficio en AVENIDA LIBERTAD 839, CHILLAN, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 22 de julio de 2022, REPERTORIO 1218, comparecen don HECTOR GASTON MARTÍNEZ ROA, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, contador, CNI y RUT 11.709.876-1, domiciliado en Aníbal Pinto 736 de la comuna de Concepción; don HUMBERTO DIONISIO ROA SANTANA, chileno, Técnico en Electricidad Industrial, soltero, CNI y RUT 14.039.560-9, domiciliado en Chapuco 2283 de la comuna de Osorno; don FRANCISCO JAVIER TOLEDO ROMERO, chileno, soltero, Factor de comercio, CNI y RUT 15.277.600-4, domiciliado en Rio Segre 560 de la comuna de Chillán; don FELIPE ANDRÉS ACEVEDO ALVARADO, chileno, agricultor, soltero, CNI y RUT 19.167.832-K, domiciliado en parcela 8 sector Laurel de Oro comuna de Chillán. Los comparecientes exponen: Que por escritura pública de Constitución de Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, de fecha 27 de Noviembre del 2009, ante Notario Público de Concepción, don Carlos Alberto Miranda Jiménez, se constituyó la Sociedad Denominada “SOCIEDAD COMERCIAL MARTINEZ ROA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, nombre de fantasía “MARCAR Y CIA. LTDA”. inscrita a fojas 2185v número 2.143, del Conservador de Comercio de Concepción del año 2009, siendo sus socios, don Héctor Gastón Martínez Roa y don Humberto Dionisio Roa Santana. El extracto de la constitución de Sociedad se publicó en el 76.082.029-6. CAPITAL INICIAL $40.000.000. Posteriormente con fecha 12 de febrero de 2010 se rectifica sociedad ante Notario don Manuel Cordova Navarrete Suplente del titular de Concepción don Carlos Miranda Jimenez. Los comparecientes en este acto convienen en modificar la “Sociedad Comercial Martínez Roa y Compañía Limitada” en lo siguiente: a) Se retira de la sociedad don Héctor Gastón Martínez Roa y cede el 100% de sus derechos equivalentes al 99% de derechos en el capital social a don Francisco Javier Toledo Romero, quien los compra y adquiere para sí por un valor de $39.600.000 y que el cesionario paga al cedente en dinero en efectivo en este acto, el que declara recibirlo a su entera satisfacción, dándose por pagado su valor al contado. b) Se retira de la sociedad don Humberto Dionisio Roa Santana y cede el 100% de sus derechos equivalentes al 1% de derechos en el capital social a don Felipe Andrés Acevedo Alvarado, quien los compra y adquiere para sí por un valor de $400.000 y que el cesionario paga al cedente en dinero en efectivo en este acto, el que declara recibirlo a su entera satisfacción, dándose por pagado su valor al contado. Los actuales socios de la “Sociedad Comercial Martínez Roa y Compañía Limitada”, es decir, don Francisco Javier Toledo Romero y don Felipe Andrés Acevedo Alvarado, convienen en modificar la sociedad en los siguientes sentidos: a) Modificar el punto segundo del pacto social constitutivo en el sentido que en adelante el nombre y la razón social será “SOCIEDAD COMERCIAL MARCAR LIMITADA” pudiendo funcionar con el nombre de fantasía de “MARCAR LIMITADA”, Pudiendo abreviar la palabra limitada por Ltda. b) Modificar el punto duodécimo del pacto social constitutivo en el sentido que en adelante la sociedad tendrá una duración de 10 años, desde la fecha de inscripción de la presente escritura en el Registro de Comercio pertinente renovándose tácita y sucesivamente por iguales períodos de tiempo , si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, a lo menos con un año de anticipación al vencimiento del período en curso mediante la suscripción de una escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social y notificada dicha decisión por carta notarial a cada socio. c) La administración, representación y uso de la razón social y de la sociedad, le corresponderá al socio don Francisco Javier Toledo Romero ya individualizado, con todas las facultades emanadas en el punto cuarto de la escritura de constitución de esta sociedad. La sociedad, con sus nuevos socios, se hace responsable en forma solidaria de eventuales deudas tributarias que existieran, conforme a lo preceptuado en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario. La presente modificación social empieza a regir desde fecha de firma escritura, manteniendo vigentes todas las demás cláusulas de la escritura original y su rectificación, que por este acto no se modifican. Demás estipulaciones en escritura extractada. Chillán 29 DE JULIO 2022.