MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES CAMERO LIMITADA

RUT 76229114-2 CVE 2165429
Capital
$500.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de julio de 2022
Notaría
Osorno

Instrumento

Fecha
20 de julio de 2022
Notario
PABLO ANDRES EISENDECHER BERTIN
Oficio
Segunda Notaria de Osorno
Comuna
Osorno

Sociedad

Capital
$500.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ANDRES EISENDECHER BERTIN, Abogado, Notario Publico Titular de la Segunda Notaria de Osorno, con oficio Bernardo O´Higgins 691, certifica: por escritura publica 20 Julio 2022, ante Notario Publico Suplente del Titular Andrés Heufemann Grob, José Antonio Alcázar Martínez, domicilio Los Arrieros 2014, departamento 203, Osorno; María Eugenia Martínez Fernández, domicilio Esmeralda 1787, Osorno, por sí y en representación de Maricarmen Alcázar Martínez, domicilio Hipólito Irigoyen 748 depto. 402, Providencia, de María Gabriela Alcázar Martínez, domicilio Martín de Zamora 5701, depto. 508, Las Condes, y de María José Alcázar Martínez, domicilio Martín de Zamora número 3836, depto. 41, Las Condes, modifican sociedad “Inversiones Camero Limitada” constituida escritura pública de 27-11-2012 Notaría don Rodrigo Ferrer de Rio Negro, inscrita fs.296 nro.180 Registro Comercio año 2012 Conservador Comercio Rio Negro y publicada Diario Oficial nro. 40.422 de 29-11-2012; modificación consiste: 1) disminuyen capital en la suma de $500.000.000.- quedando en definitiva capital social en $500.000.000.- Esta modificación se materializa por la vía de disminución de la participación social de los socios en la proporción que se indica en la escritura de modificación.- 2) Acuerdan prorrogar en 10 años, plazo fijado a María Eugenia Martínez Fernández en pacto constitutivo, para enterar el saldo de su aporte pendiente.- Como consecuencia de modificación, sustituyen cláusula quinta de estatuto social que queda como sigue: “Quinto: Capital social, distribución y modalidad de aporte: El capital social es la suma de $500.000.000.-, que los socios aportan, pagan y pagarán de la manera que a continuación se detalla: A) Don José Antonio Alcázar Martínez ha enterado su parte o cuota ascendente a $30.000.000, que corresponde a un 6% del capital social, pagado e ingresado a la caja social. B) Doña María Eugenia Martínez Fernández entera su parte o cuota ascendente a $380.000.000, que corresponde a un 76% del capital social, de la siguiente manera: uno) Con la cantidad de $110.000.000, pagado e ingresado a la caja social; dos) El saldo de su aporte, ascendente a la cantidad de $270.000.000, lo enterará dentro del plazo de 10 años, contados desde esta fecha, según las necesidades o requerimientos de la sociedad. C) Doña Maricarmen Alcázar Martínez ha enterado su parte o cuota ascendente a $30.000.000, que corresponde a un 6Þl capital social, pagado e ingresado a la caja social. D) Doña María Gabriela Alcázar Martínez ha enterado su parte o cuota ascendente a $30.000.000, que corresponde a un 6% del capital social, pagado e ingresado a la caja social. E) Doña María José Alcázar Martínez ha enterado su parte o cuota ascendente a $30.000.000, que corresponde a un 6% del capital social, pagado e ingresado a la caja social. Los socios convienen en que tanto los saldos por enterar del capital precedentemente señalado, como los eventuales futuros aumentos de capital que se convengan, podrán ser completados mediante la capitalización de utilidades no retiradas y/o con el aporte en dominio de toda clase de instrumentos privados mercantiles, bienes muebles o inmuebles, acciones y valores e instrumentos financieros.”. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 27 Julio 2022.