MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Ambec SpA

RUT 76405554-3 CVE 2165272
Fecha instrumento
23 de junio de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de junio de 2022
Repertorio
7130-2022
Comuna
Santiago

Administración

La administración de la sociedad será ejercida por don MIGUEL ANGEL ASTUDILLO LUCERO, C.I. N°15.558.218-9 y por don EDUARDO WEGENER KLENNER, C.I. N°14.164.231-6, quienes actuando individualmente en forma separada e indistinta; y, anteponiendo el nombre de la sociedad o la razón social a su firma, representarán a la sociedad con las más amplias facultades y poderes descritos pacto social”; DOS) modifican además los Artículos Séptimo y Octavo, no extractables, del pacto social, de acuerdo a las

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Notario Interino de la Cuadragésima Octava Notaria de Santiago, domiciliado en Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, sexto piso, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana certifico: Por escritura pública de fecha 23 de junio de 2022, repertorio 7130-2022, ante suplente, don MIGUEL ANGEL ASTUDILLO LUCERO, chileno, casado, ingeniero civil ambiental, cédula nacional de identidad número 15.558.218-9 y don EDUARDO WEGENER KLENNER, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 14.164.231-6, ambos domiciliados para estos efectos en calle Cerro Colorado 5858, oficina 108, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; modificaron la sociedad por acciones AMBEC SpA, inscrita Fs. 13092 Nº 6114 Registro de Comercio de Santiago correspondiente año 2021, de acuerdo a lo siguiente: UNO) modifican el Artículo Sexto reemplazándolo por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO SEXTO: De la Administración. La administración de la sociedad será ejercida por don MIGUEL ANGEL ASTUDILLO LUCERO, C.I. N°15.558.218-9 y por don EDUARDO WEGENER KLENNER, C.I. N°14.164.231-6, quienes actuando individualmente en forma separada e indistinta; y, anteponiendo el nombre de la sociedad o la razón social a su firma, representarán a la sociedad con las más amplias facultades y poderes descritos pacto social”; DOS) modifican además los Artículos Séptimo y Octavo, no extractables, del pacto social, de acuerdo a las demás estipulaciones y condiciones que constan en escritura extractada. Santiago, 29 de junio de 2022.