INMOBILIARIA SANTA FE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de julio de 2022
- Repertorio
- 8201-2022
- Notario
- ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO
- Oficio
- Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, abogado, Notario Público Interino de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en esta ciudad, Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, 6to piso, Comuna de Las Condes, certifico que, ante mí, por Escritura Pública de fecha 19 de julio de 2022, de Repertorio 8201-2022, don EMILIO JORGE DE LOURDES DEIK LACLOTE, chileno, C.I 2.775.101-6, domiciliado en calle Monseñor Escrivá de Balaguer número 9.155, Edificio Quillay, departamento número 74, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; don EMILIO VICTOR DEIK AUAD, chileno, C.I 13.890.271-4, domiciliado en calle Carlos Lira Infante número 1.130, departamento número 404, torre A, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y doña ANA MARÍA AUAD FACCUSE, chilena, C.I 5.895.411-K, domiciliada en calle Monseñor Escrivá de Balaguer número 9.155, Edificio Quillay, departamento número 74, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quienes en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad INMOBILIARIA SANTA FE LIMITADA, que fue constituida por escritura pública de 30 de junio de 2004 ante el Notario Público Titular de Santiago don Osvaldo Pereira Gonzalez, cuyo extracto fue inscrito a fojas 20.214, número 15.102 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2004; acordaron lo siguiente: Aumento del Capital de la Sociedad, actualmente ascendente a la suma de $30.000.000, en la suma de $2.343.078.298, con lo cual el nuevo capital social quedará fijado en la suma de $2.373.078.298. Atendido el aumento de capital antes aprobado, suscrito y pagado, se acuerda modificar los estatutos sociales en los siguientes términos: 1. Se reemplaza el artículo Quinto permanente de los estatutos sociales, relativo al Capital Social, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de $2.373.078.298, que los socios aportan y pagan en la siguiente proporción: a) ANA MARIA AUAD FACCUSE, con la suma de $721.202.876, equivalente al 30,3910 por ciento del total del interés social, los cuales han sido íntegramente pagados; b) EMILIO JORGE DE LOURDES DEIK LACLOTE, con la suma de $1.644.375.422, equivalentes a $1.644.375.422, equivalentes al 69,2929 por ciento del total del interés social, los cuales han sido íntegramente pagados; c) EMILIO VICTOR DEIK AUAD, con la suma de $7.500.000, equivalente al 0,3161 por ciento del total del interés social, los cuales han sido íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha.” 2. Se reemplaza el artículo Octavo permanente de los estatutos sociales, por el siguiente: “OCTAVO: Las utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad se determinarán anualmente de conformidad al balance general de la sociedad. Las utilidades y pérdidas se dividirán entre los socios en los siguientes porcentajes: a) doña ANA MARIA AUAD FACCUSE, 37,50%; b) don EMILIO JORGE DE LOURDES DEIK LACLOTE, 37,50% y, c) don EMILIO VICTOR DEIK AUAD, 25%”. Se deja constancia que permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales en todo lo no modificado por este instrumento, los que, a mayor abundamiento, son expresamente ratificados por los actuales y únicos accionistas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de Julio de 2022. Antonieta Marina Rojas Pontigo. Notario Público Interino.