Puerto Caldera S.A.
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2021
- Notario
- Patricio Raby Benavente
- Oficio
- Quinta Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $951.092.101 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricio Raby Benavente, Notario Público titular Quinta Notaria Santiago, oficio en Gertrudis Echenique 30, Oficina 32, Santiago, certifico que con fecha 8 de julio 2022, ante mí, se redujo a escritura publica acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de Puerto Caldera S.A. Rut. 96.617.550-8, extracto de constitución inscrito a fojas 17.820, número 8.918 del Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces Santiago año 1.991, que fue celebrada también ante mí, con asistencia de accionistas titulares del 92% del total de 30.000.000 de acciones. Por unanimidad de los asistentes a la junta en todos los casos, se acordó: aprobar los Estados Financieros de la sociedad al 31 de diciembre de 2021; aprobar un aumento del capital social, por la cantidad de $951.092.101, emitiendo al efecto 1.749.231 acciones, de una sola serie y sin valor nominal, a razón de $543,72 pesos por acción; reemplazar el ARTICULO QUINTO del estatuto social por el siguiente texto:” ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de 1.532.088.385 pesos, dividido en 31.749.231 acciones de pago, sin valor nominal y de una sola serie, suscrito y pagado, que corresponden: (i) a 243.900.000 pesos dividido en 30.000.000 de acciones, correspondientes al capital estatutario preexistente a la junta de accionistas de fecha 5 de julio de 2022, suscrito y pagado. (ii) a 337.096.284 pesos correspondientes a la revalorización del capital propio entre el 31 de diciembre de 1996 y el 31 de diciembre de 2021. (iii) a 951.092.101 pesos correspondientes a 1.749.231 nuevas acciones de pago, que fueron emitidas y suscritas con ocasión de la junta de accionistas de 5 de julio de 2022, a razón de 543,72 pesos cada una y pagadas con anterioridad a esa fecha” y reemplazar el ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO del estatuto social por texto que consta en escritura extractada, que desglosa la composición del capital social en términos coincidentes con el ARTICULO QUINTO transcrito más arriba. En escritura extractada consta que la totalidad del precio de las nuevas acciones fue enterado en la caja social con anterioridad a la celebración de la junta de que se trata y que la totalidad de las nuevas acciones fue suscrita en el acto de la junta, por los dos accionistas que se indican en escritura extractada, cada uno por las cantidades, precio y forma de pago que allí constan. Otras materias que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 25 de Julio de 2022. Patricio Raby Benavente. Notario Público.