INVERSIONES LENZ CHILE, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de julio de 2022
- Repertorio
- 1884-2022
- Notario
- Francisco Nehme Carpanetti
- Domicilio
- O’Higgins 744
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Nehme Carpanetti, Notario Público Titular, O’Higgins 744, Copiapó, certifica: Por escritura pública ante Notario Suplente, don Adolfo Andrés Lapostol Dettori, de fecha 21 julio 2022, Repertorio N°1.884-2.022, JOAQUÍN JAVIER IGNACIO HERNÁNDEZ DÍAZ, C.I. N°17.605.420-4, chileno, estado civil casado bajo el régimen de separación total de bienes, Ingeniero en Prevención de Riesgos, domiciliado en Calle El Morado N°1128, Villa La Colina, comuna y provincia de Copiapó, Región de Atacama; doña CONSTANZA ANDREA CAMPBELL SOL, C.I. N°18.403.227-9, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, Ingeniera Civil Industrial, con domicilio en Calle El Morado 1128, Villa La Colina, comuna y provincia de Copiapó, Región de Atacama; y don HUGO OSVALDO HERNANDEZ CISTERNA, C.I. N°6.725.743-K, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, Ingeniero Civil Electricista, con domicilio en Villa El Jardín N°268, comuna y provincia de Copiapó, Región de Atacama. son los únicos socios de “INVERSIONES LENZ CHILE, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” o “SOCIEDAD DE INVERSIONES LENZ CHILE LIMITADA”, RUT 77.110.237-9, y cuyo capital inicial fue de $3.000.000.- constituida por escritura pública de fecha 04 de diciembre de 2019, otorgada ante el Notario Público de Copiapó don LUIS ALBERTO CONTRERAS FUENTES, cuyo extracto se inscribió a fojas 510 número 274 del Registro de Comercio del Sr. Conservador de Bienes Raíces de Copiapó del año 2019 Repertorio N°1.281/2019. Que por el presente acto los comparecientes vienen en modificar el Objeto Social, en el sentido de ampliarlo, agregando los siguientes giros “producción, comercialización de productos agrícolas, servicios agrícolas y de productos agrícolas, productos y servicios para animales incluido los acuáticos, como peces y anfibios, productos envasados, deshidratados, vegetales, para uso humano, animal y/o industrial”. En todo lo no modificado expresamente por el presente instrumento, se entiende plenamente vigente el contrato societario individualizado en la cláusula primera de esta escritura, entendiéndose que el presente instrumento forma parte integrante de la escritura que se modifica. Copiapó, 25 de julio de 2.022.-