CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CARVIZINC SpA

RUT 12756981-9 CVE 2164152
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de julio de 2022
Notaría
Concepción
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
18 de julio de 2022
Repertorio
1635/2022
Notario
MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
Oficio
6ta. Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP
Domicilio
sector de Campo Tranquilo de la comuna de Florida, Región del Biobío
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad consiste en la fabricación, distribución, compraventa, importación y exportación de toda clase de productos para cubiertas y techumbre, siderúrgicos, metalúrgicos, policarbonato, arcilla y otros; la ejecución de obras civiles, construcciones habitacionales, instalación y confección de especialidades en las cuales se utilicen productos fabricados por la compañía; la organización de medios de transporte que complementen los objetivos de la compañía; la compraventa, importación y exportación de toda clase de bienes muebles que permitan complementar las actividades de la sociedad para el logro del objetivo anterior. La compañía podrá actuar por cuenta propia o ajena

Administración

El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a todos los socios, ejerciendo estas conjuntamente y quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo ejecutar todo acto y celebrar todo contrato que estimen necesarios o convenientes para la correcta marcha de la sociedad, según facultades que se señalan en escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Notario Público Titular de la 6ta. Notaría de Concepción, Colo Colo304, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 18 Julio 2022, Repertorio N°1635/2022, ante mí, doña IRIS VIVIANA SILVA DIAZ, C.I. N°12.756.981-9,contador auditor, domiciliada en Avenida Pedro de Valdivia n°159, depto.1505, Concepción; y doña CAROLINA NAYADETTE LEON ASTUDILLO, C.I.N°13.185.993-7, ingeniero comercial, domiciliada en O´Higgins n°1070, casa n°5, Chiguayante, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: “CARVIZINC SpA”. Domicilio: sector de Campo Tranquilo de la comuna de Florida, Región del Biobío. Objeto: El objeto de la Sociedad consiste en la fabricación, distribución, compraventa, importación y exportación de toda clase de productos para cubiertas y techumbre, siderúrgicos, metalúrgicos, policarbonato, arcilla y otros; la ejecución de obras civiles, construcciones habitacionales, instalación y confección de especialidades en las cuales se utilicen productos fabricados por la compañía; la organización de medios de transporte que complementen los objetivos de la compañía; la compraventa, importación y exportación de toda clase de bienes muebles que permitan complementar las actividades de la sociedad para el logro del objetivo anterior. La compañía podrá actuar por cuenta propia o ajena. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $6.000.000, que las socias aportan y pagan de la forma siguiente: doña IRIS VIVIANA SILVA DIAZ, aporta la suma de $3.000.000; y doña CAROLINA NAYADETTE LEON ASTUDILLO, aporta la suma de $3.000.000. Las socias enteran y pagan su aporte a la caja social en este acto, en dinero en efectivo y de curso legal. De la manera relacionada, el capital social se encuentra íntegramente pagado y dividido en dos acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Duración: la Sociedad tendrá duración indefinida. Administración: El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a todos los socios, ejerciendo estas conjuntamente y quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo ejecutar todo acto y celebrar todo contrato que estimen necesarios o convenientes para la correcta marcha de la sociedad, según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Concepción, 20 de julio de 2022-