MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASADURÍA DE AVES POLLO REY LIMITADA

RUT 76766896-1 CVE 2163229
Fecha instrumento
8 de julio de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de julio de 2022
Notario
Patricio Raby Benavente
Oficio
5° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Patricio Raby Benavente, Notario Público Titular de la 5° Notaría de Santiago, con domicilio en Gertrudis Echenique N°30, Oficina N° 32, Piso 3°, comuna de Las Condes, certifica: Escritura pública de fecha 08 de Julio de 2022, ante mí comparecieron: don MARCELO ANDRÉS RODRÍGUEZ CRISTINA, don RODRIGO OSVALDO ARRIOLA CABELLO, y don RAFAEL BEJARAN HERNANDEZ, todos domiciliados en Consistorial N°3349, Local 11, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago, y modificaron los estatutos de la sociedad “ASADURÍA DE AVES POLLO REY LIMITADA”, constituida a través del Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo el 09 de agosto de 2017, actualmente inscrita en el Registro de Comercio de Santiago, fojas 22641, N°10414, año 2022. La modificación consiste: Don RAFAEL DAVID BEJARANO HERNANDEZ, es dueño del 1% de los derechos sociales, y vende, cede y transfiere el total de su participación social. Así, por una parte, vende, cede y transfiere el 0,5% de los derechos sociales a don MARCELO ANDRÉS RODRIGUEZ CRISTINA, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Asimismo, don RAFAEL DAVID BEJARANO HERNÁNDEZ, vende, cede y transfiere el restante 0,5% de sus derechos sociales a don RODRIGO OSVALDO ARRIOLA CABELLO, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Habiéndose efectuado las cesiones de derechos y el pago del precio en el presente acto, se retira de la sociedad don RAFAEL DAVOD BEJARANO HERNÁNDEZ, quedando en consecuencia, como únicos socios de “ASADURÍA DE AVES POLLO REY LIMITADA” don MARCELO ANDRÉS RODRÍGUEZ CRISTINA, con un 50% de participación en el capital social, y don RODRIGO OSVALDO ARRIOLA CABELLO, con un 50% de participación en el capital social. De conformidad con lo estipulado en el artículo SEXTO del pacto social, la responsabilidad de los socios queda limitada a los montos de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado, queda íntegramente vigente el pacto social. Santiago, 12 de Julio de 2022. Patricio Raby Benavente, Notario Público Titular.-