SOCIEDAD COMERCIAL PULIWEN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de julio de 2022
- Repertorio
- 767-22
- Notario
- MARIA ELENA PEZOA CONTRERAS
- Domicilio
- y Conservador de Bienes Raíces
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SOCIEDAD COMERCIAL PULIWEN LIMITADA | socio | 77795630-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA ELENA PEZOA CONTRERAS, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, Comercio, Minas y Archivero Judicial titular de la Agrupación de comunas de Curacautín y Lonquimay, con oficio en calle O’Higgins Nº 475 de Curacautín, Certifico: Que Por escritura Pública otorgada con fecha 18 de Julio de 2022, Repertorio 767-22, ante mí, don OSCAR MARCELO CAYUL VILLABLANCA, don LORENZO CAYUL HUAIQUILLÁN, doña LIDA DEL CARMEN VILLABLANCA PINO, y doña LIBNI ISMARI CAYUL VILLABLANCA, todo domiciliados en Avenida Manuel Rodríguez número ochocientos sesenta y cinco, Curacautín, acordaron respecto de la SOCIEDAD COMERCIAL PULIWEN LIMITADA, RUT: 77.795.630-2, inscrita a fojas 4 número 3 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curacautín del año 2002, lo siguiente: A) CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: don OSCAR MARCELO CAYUL VILLABLANCA, vendió, cedió y transfirió el 100 % de sus derechos sociales, equivalentes a un 10 % de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad, a don LORENZO CAYUL HUAIQUILLÁN, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. En virtud de la cesión de derechos sociales antes referida, quedan los siguientes socios con los siguientes porcentajes en la Sociedad: i) don LORENZO CAYUL HUAIQUILLÁN, con un 20% de los derechos sociales; ii) doña LIDA DEL CARMEN VILLABLANCA PINO, con un 10% de los derechos sociales; y iii) doña LIBNI ISMARI CAYUL VILLABLANCA, con un 70% de los derechos sociales; y B) MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS; En virtud de la cesión de derechos antes referida, don LORENZO CAYUL HUAIQUILLÁN, doña LIDA DEL CARMEN VILLABLANCA PINO, y doña LIBNI ISMARI CAYUL VILLABLANCA, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron reemplazar el texto del Artículo Quinto, relativo al capital, por el siguiente: QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de dos millones de pesos, íntegramente aportado y pagado por los socios de la siguiente manera: UNO) don LORENZO CAYUL HUAQUILLÁN, aportó y pago la cantidad de cuatrocientos mil pesos, equivalentes al veinte por ciento de los derechos sociales; DOS) doña LIDA DEL CARMEN VILLABLANCA PINO, aportó y pago la cantidad de doscientos mil pesos, equivalentes al diez por ciento de los derechos sociales; y TRES) doña LIBNI ISMARI CAYUL VILLABLANCA, aportó y pago la cantidad de un millón cuatrocientos mil pesos, equivalentes al setenta por ciento de los derechos sociales. En todo lo no modificado, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales, especialmente la estipulación relativa a que los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Curacautín, 21 de Julio del 2022.