COMERCIAL YUJU LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de abril de 2018
- Notario
- PAMELA FRANCIS POTTER TRISOTTO
- Domicilio
- IVAN TAMARGO BARROS
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000 CLP
Administración
La administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio FENGHU HUANG, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la obligará y representará con las más amplias facultades que constan en escritura que extracto. En todo lo no modificado por el presente instrumento se mantienen vigentes en todo su rigor y alcance las cláusulas del pacto social constitutivo y sus modificaciones posteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAMELA FRANCIS POTTER TRISOTTO, Abogado, Notario Público, Suplente de IVAN TAMARGO BARROS, Abogado, Notario Público, Titular 51. Notaría Santiago, Avenida Nueva Providencia N° 2635, Comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de hoy ante mí; WUXING LIN, Chino, Soltero, Comerciante, C.I. Extranjeros N° 21.904.462-3, domiciliado calle José Miguel Carrera N° 1853, Comuna de San Miguel, Región Metropolitana, y de paso en ésta; XIAOLING LIN, Chino, Soltero, Comerciante, C:I. para Extranjeros N° 22.622.646-K, domiciliado calle Paseo Philips N° 24, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, y FENGHU HUANG, Chino, Soltero, Comerciante, C.I. para Extranjeros N° 26.924.048-2, domiciliado en Avenida El Bosque Central N° 95, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modifican sociedad comercial de responsabilidad limitada “COMERCIAL YUJU LIMITADA”, nombre de fantasía “YUJU LTDA.”, RUT N° 76.871.379-0, Capital actual $20.000.000, constituida por escritura pública de fecha 24-04-2018, suscrita ante el Notario Público, Titular de la Trigésima Segunda Notaría de Santiago de Francisco Varas Fernández, la que en extracto se inscribió a fjs. 32.766 N° 17.293 del Registro de Comercio del CBR de Santiago, año 2018, publicado D.O. Electrónico de la República de Chile de fecha 03-05-2018, en su Edición N°42.047, en la forma siguiente: Uno) Se retira de la sociedad WUXING LIN, quien con el consentimiento expreso de su consocio vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, equivalentes a un 85% del total del haber social a FENGHU HUANG, quien compra, acepta y adquiere para sí, en la suma única y total de $17.000.000 que el cesionario paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, Dos) XIAOLING LIN, titular de un 15% del total del haber social, con el consentimiento expreso de su consocio vende, cede y transfiere un 14% de sus derechos sociales en la sociedad a FENGHU HUANG, quien compra, acepta y adquiere para sí, en la suma única y total de $2.800.000, que cesionario paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando los cedentes integra y totalmente pagado precio pacto y otorgan la cancelación respectiva. Como consecuencia de las cesiones de derechos y retiro quedan como únicos y actuales socios de la sociedad FENGHU HUANG, con una participación de un 99% del total del haber social y XIAOLING LIN, con una participación de un 1% del total del haber social, limitando su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes, y en tal calidad, resuelven modificar la sociedad para adecuarla a los cambios introducidos, acordando sustituir las siguientes cláusula del pacto social constitutivo: Uno) Cláusula Quinta, relativa al capital social, se sustituye por la siguiente: “QUINTO: EL CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $20.000.000 íntegramente aportado y enterado en caja social, correspondiente a los socios en la siguiente proporciones: a) FENGHU HUANG, con un 99% del total del haber social equivalente a la suma de $19.800.000, y; b) XIAOLING LIN, con un 1% del total del haber social, equivalente a la suma de $200.000. Dos) Cláusula Séptima, relativa a la administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social, se sustituye por la siguiente: “SEPTIMO: LA ADMINISTRACION: La administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio FENGHU HUANG, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la obligará y representará con las más amplias facultades que constan en escritura que extracto. En todo lo no modificado por el presente instrumento se mantienen vigentes en todo su rigor y alcance las cláusulas del pacto social constitutivo y sus modificaciones posteriores. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 11 de Julio de 2022.-