SOCIEDAD AGRÍCOLA CALVARI LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de mayo de 2022
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- Cuadragésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $786.137.668 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES HOLDING LA FAMIGLIA LIMITADA | socio | 77598198-9 | — | — | |
| SOCIEDAD AGRÍCOLA CALVARI LIMITADA | socio | 78802050-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Teatinos N°332, Comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de esta fecha, ante mí: a) don VICTOR MANUEL COPELLO MIRANDA, cédula de identidad N°4.782.185-1, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES HOLDING LA FAMIGLIA LIMITADA, RUT N°77.598.198-9; b) doña CARMEN GLORIA MARFULL CARRASCO, cédula de identidad N°6.984.584-3; c) VITTORIO PAOLO COPELLO MARFULL, cédula de identidad N°10.465.626-9; d) don NICOLÁS ANDRÉS COPELLO MARFULL, cédula de identidad N°10.462.320-4; y e) doña FRANCESCA ROMINA COPELLO MARFULL, cédula de identidad N°15.108.343-9; todos con domicilio para estos efectos en Avenida Vicuña Mackenna Poniente número seis mil ochocientos cuarenta y tres, oficina ochocientos nueve, Torre A, comuna de La Florida, Región Metropolitana, actuales y únicos socios de SOCIEDAD AGRÍCOLA CALVARI LIMITADA, Rol Único Tributario N°78.802.050-3, cuya constitución está inscrita a Fs.25, N°33, del Registro de Comercio de Rancagua, correspondiente al año 1996, modificaron la sociedad en el siguiente sentido: Uno) AUMENTO DE CAPITAL: De la suma de $20.0000 pesos, al total de $786.137.668 pesos, de la siguiente manera: I) Capitalización parcial cuentas patrimoniales. a) Fondo Rev. Capital: $227.633.225 pesos, b) Fondo Utilidades: $-88.877.474 pesos, c) Resultado del ejercicio: $-157.755.751 pesos. En consecuencia, el capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios aportaron en la siguiente proporción: a) Don VICTOR MANUEL COPELLO MIRANDA, aportó la suma de $245.000 pesos, equivalente al 24,50% del capital social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha; b) Doña CARMEN GLORIA MARFULL CARRASCO, aportó la suma de $245.000 pesos, equivalente al 24,50% del capital social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha; c) VITTORIO PAOLO COPELLO MARFULL, aportó la suma de $170.000, equivalente al 17,00% del capital social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha; d) don NICOLÁS ANDRÉS COPELLO MARFULL aportó la suma de $170.000, equivalente al 17,00% del capital social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha; y e) doña FRANCESCA ROMINA COPELLO MARFULL, aportó la suma de $170.000, equivalente al 17,00% del capital social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha y; II. Capitalización de cuenta por cobrar. Se acordó aumentar el capital de la SOCIEDAD AGRÍCOLA CALVARI LIMITADA, en la suma de $785.137.668 pesos y que este aumento fuese suscrito y pagado por la sociedad INVERSIONES HOLDING LA FAMIGLIA LIMITADA, mediante la capitalización de una cuenta por cobrar, en contra de SOCIEDAD AGRÍCOLA CALVARI LIMITADA por ese mismo monto. En consecuencia, los actuales y únicos socios de la Sociedad, acordaron sustituir la cláusula quinta de los estatutos referida al capital por la siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad será la suma total y única de setecientos ochenta y seis millones ciento treinta y siete mil seiscientos sesenta y ocho pesos, que los socios aportaron en la siguiente forma y proporciones: a) Don VICTOR MANUEL COPELLO MIRANDA, aportó la suma de doscientos cuarenta y cinco mil pesos, equivalente al cero coma cero tres uno dos por ciento del capital social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado; b) Doña CARMEN GLORIA MARFULL CARRASCO, aportó la suma de doscientos cuarenta y cinco mil pesos, equivalente al cero coma cero tres uno dos por ciento del capital social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado; c) Don VITTORIO PAOLO COPELLO MARFULL, aportó la suma de ciento setenta mil pesos, equivalente al cero coma cero dos uno seis por ciento del capital social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado; d) Don NICOLÁS ANDRÉS COPELLO MARFULL, aportó la suma de ciento setenta mil pesos, equivalente al cero coma cero dos uno seis por ciento del capital social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado; e) Doña FRANCESCA COPELLO MARFULL, aportó la suma de ciento setenta mil pesos, equivalente al cero coma cero dos uno seis por ciento del capital social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado; y f) La sociedad INVERSIONES HOLDING LA FAMIGLIA LIMITADA, aportó la suma de setecientos ochenta y cinco millones ciento treinta y siete mil seiscientos sesenta y ocho pesos, equivalente al noventa y nueve coma ocho siete dos ocho por ciento del capital social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. En consecuencia, el capital social se encuentra totalmente enterado.”; y Dos) Acuerdan sustituir la cláusula cuarta, referida a la administración estableciendo al efecto que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios VICTOR MANUEL COPELLO MIRANDA, y a doña CARMEN GLORIA MARFULL CARRASCO; facultades en escritura extractada. En caso de fallecimiento de uno de ellos, la administración corresponderá en forma exclusiva a don VICTOR MANUEL COPELLO MIRANDA, o a doña CARMEN GLORIA MARFULL CARRASCO, según corresponda. En el caso de fallecimiento de ambos administradores, la administración corresponderá en forma conjunta a don VITTORIO PAOLO COPELLO MARFULL, a don NICOLÁS ANDRÉS COPELLO MARFULL, y a doña FRANCESCA ROMINA COPELLO MARFULL. En lo no modificado, sigue vigente el pacto social. Demás cláusulas en escritura extractada. Santiago, 30 de mayo de 2022. Alberto Mozó Aguilar, Notario Público Titular.