CONSTITUCIÓN Cooperativa

COOPERATIVA DE PESCADORES, SILVOAGROPECUARIA Y TURISMO DE LA PENÍNSULA DE MELIMOYU

CVE 2159727
Capital
$800.000 CLP
Fecha instrumento
18 de julio de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
18 de julio de 2022
Repertorio
9414
Notario
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$800.000 CLP
Domicilio
Localidad de Melimoyu, Comuna de Cisnes, Región de Aysén, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

La Cooperativa tiene como objetos específicos la actividad pesquera artesanal, buzos mariscadores, recolectores de orilla, administración de caletas, producción, compra, venta, distribución, transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la explotación de productos del mar, y otras actividades relacionadas. Asimismo, tendrá por objeto la comercialización de los mismos productos, sea por cuenta propia o de sus cooperados; sea de producción propia, de sus cooperados o de terceros. Podrá dedicarse a la conservación, tratamiento y procesamiento de recursos marinos y de explotar, administrar, usufructuar, áreas de manejo de recursos marinos en su potencial calidad de titular de la misma. Administrar concesiones de caleta, marítimas, acuicultura y otros bienes muebles e inmuebles relacionados con el borde costero, incluyendo el mejoramiento de la infraestructura pesquera, turismo de intereses especiales, paseos náuticos, gastronomía de productos del mar, y su complementación con economías familiares campesinas, silvoagropecuarias, agroalimentarias, de reciclaje y otras de tipo productivo, social y ambiental, con el propósito de mejorar sus condiciones ambientales y económicas y de satisfacer sus necesidades familiares, sociales, ocupacionales o culturales de sus socios y socias. Además, el cuidado y conservación de los recursos naturales en las áreas bajo su custodia. Asimismo, podrá realizar actividades de venta de servicios turísticos y compra-venta y)o comercialización de productos y bienes varios. Promover los principios y valores cooperativos entre sus socios, terceros, la comunidad. Propender al bienestar personal y económico de estos cooperados. La Cooperativa tendrá acceso a los beneficios y regulaciones de la Ley General de Pesca y Acuicultura, Ley de Caletas y toda normativa legal pesquera que la ley les permita. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular 27° Notaria de Santiago, Orrego Luco 0’153, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 18 de julio de 2022, repertorio 9414, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de la Junta General Constitutiva y Estatuto de “COOPERATIVA DE PESCADORES, SILVOAGROPECUARIA Y TURISMO DE LA PENÍNSULA DE MELIMOYU”, nombre de fantasía “COOPERATIVA DE MELIMOYU”, celebrada el 11 de junio de 2022, con la asistencia de 8 socios; Domicilio: Localidad de Melimoyu, Comuna de Cisnes, Región de Aysén, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero; Duración: La Cooperativa tendrá una duración indefinida; Objeto: La Cooperativa tiene como objetos específicos la actividad pesquera artesanal, buzos mariscadores, recolectores de orilla, administración de caletas, producción, compra, venta, distribución, transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la explotación de productos del mar, y otras actividades relacionadas. Asimismo, tendrá por objeto la comercialización de los mismos productos, sea por cuenta propia o de sus cooperados; sea de producción propia, de sus cooperados o de terceros. Podrá dedicarse a la conservación, tratamiento y procesamiento de recursos marinos y de explotar, administrar, usufructuar, áreas de manejo de recursos marinos en su potencial calidad de titular de la misma. Administrar concesiones de caleta, marítimas, acuicultura y otros bienes muebles e inmuebles relacionados con el borde costero, incluyendo el mejoramiento de la infraestructura pesquera, turismo de intereses especiales, paseos náuticos, gastronomía de productos del mar, y su complementación con economías familiares campesinas, silvoagropecuarias, agroalimentarias, de reciclaje y otras de tipo productivo, social y ambiental, con el propósito de mejorar sus condiciones ambientales y económicas y de satisfacer sus necesidades familiares, sociales, ocupacionales o culturales de sus socios y socias. Además, el cuidado y conservación de los recursos naturales en las áreas bajo su custodia. Asimismo, podrá realizar actividades de venta de servicios turísticos y compra-venta y/o comercialización de productos y bienes varios. Promover los principios y valores cooperativos entre sus socios, terceros, la comunidad. Propender al bienestar personal y económico de estos cooperados. La Cooperativa tendrá acceso a los beneficios y regulaciones de la Ley General de Pesca y Acuicultura, Ley de Caletas y toda normativa legal pesquera que la ley les permita. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Capital: $800.000 pesos, dividido en 800 cuotas de participación, de un valor inicial de $1.000 pesos cada una, que los socios y socias i suscrito y pagado en este acto, en el equivalente a 100 cuotas de participación cada uno. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de julio de 2022.-.