MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CDB Servicios Radiológicos e Inversiones SpA

RUT 76662606-8 CVE 2159691
Fecha instrumento
18 de julio de 2022

Instrumento

Fecha
18 de julio de 2022
Notario
MARCELA MEDINA RICCI
Domicilio
San Miguel

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELA MEDINA RICCI, Notario Público de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa número 7955, certifica: En escritura pública de fecha 18 de julio de 2022, otorgada ante mí, comparecen: don JAIME IGNACIO ALBERTO VERDUGO BOSCH, domiciliado en El Alba “ sin número, casa 15, Condominio Chicureo uno, comuna de Colina, Santiago; don FRANCISCO JAVIER ZÚÑIGA FOURNET, domiciliado en El Almendro Oriente número 763, casa Q, comuna de Huechuraba, Santiago; don RONY MATÍAS MOLINA VILLAGRA, domiciliado en José Rabat Gorchs número 8600, casa B ocho, Condominio Aguapiedra, comuna de Colina, Santiago; y don CARLOS ANDRES CORDOVA BERNHARDT, domiciliado en Los Alpes 4679 Casa H, comuna de Lo Barnechea, Santiago, quienes sanean aumento de capital social de CDB SERVICIOS RADIOLÓGICOS E INVERSIONES SpA, Rut 76662606-8 efectuado por escritura pública de fecha 21 de octubre de 2021, otorgada en la Notaría de Lampa de doña Gilda Elizabeth Miranda Córdova, domiciliada en Panamericana Norte número 16.950, comuna de Lampa, región metropolitana, repertorio número 871, en donde todos los comparecientes modificaron la sociedad, según el siguiente detalle: (UNO) Se aumenta el capital social, de la suma de tres millones de pesos dividido en trescientas acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, en cuarenta y cuatro millones cuatrocientos noventa y cinco mil doscientos cincuenta y dos pesos mediante la emisión de cien acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. Como consecuencia de lo anterior, se sustituyen artículos quinto y primero transitorio de los estatutos: “ARTICULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de cuarenta y siete millones cuatrocientos noventa y cinco mil doscientos cincuenta y dos pesos dividido en cuatrocientas acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno.” “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: Las acciones en que se encuentra dividido el capital han sido suscritas, y han sido pagadas y se pagarán, de la siguiente manera: a) don JAIME IGNACIO ALBERTO VERDUGO BOSCH suscribió cien acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, por un valor total de un millón de pesos el cual fue totalmente pagado y enterado en caja social con anterioridad a esta fecha; b) don FRANCISCO JAVIER ZÚÑIGA FOURNET suscribió cien acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, por un valor total de un millón de pesos el cual fue totalmente pagado y enterado en caja social con anterioridad a esta fecha; c) don RONY MATÍAS MOLINA VILLAGRA suscribió cien acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, por un valor total de un millón de pesos el cual fue totalmente pagado y enterado en caja social con anterioridad a esta fecha; y, d) don CARLOS ANDRES CORDOVA BERNHARDT suscribió cien acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, por un valor total de cuarenta y cuatro millones cuatrocientos noventa y cinco mil doscientos cincuenta y dos pesos, de los cuales: (i) veintidós millones doscientos cuarenta y siete mil seiscientos veintiséis pesos fueron totalmente pagados y enterados en caja social con anterioridad a esta fecha; y, (ii) el saldo, de veintidós millones doscientos cuarenta y siete mil seiscientos veintiséis pesos, será pagado dentro del plazo de doce meses contados desde el día veintiuno de octubre de dos mil veintiuno.”. (DOS) Se modifican los estatutos de la sociedad en asuntos que no son materia de extracto.- Un extracto autorizado de dicha escritura fue inscrito el día dos de diciembre del dos mil veintiuno a fojas noventa y seis mil veintiocho, número cuarenta y cuatro mil doscientos veinticinco del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil veintiuno, y publicado en el Diario Oficial con fecha cuatro de diciembre del mismo año. Habiéndose efectuado ambas formalidades después de vencido el plazo de un mes establecido en el artículo cuatrocientos veintiséis del Código de Comercio, la modificación social antes referida adolece de un vicio, el cual es, es saneado de saneamiento conforme a las normas de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve. El saneamiento producirá efecto retroactivo a la fecha de la escritura pública aludida. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 19 de julio de 2022.