Asesorías MD Limitada
Instrumento
- Fecha
- 11 de julio de 2022
- Repertorio
- 40958-2022
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
- Duración
- El plazo de duración de la sociedad será de 10 años a contar de la fecha de la escritura pública de constitución social, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, 12 meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la prestación de todo tipo de servicios y asesorías de carácter legal y judicial, en toda clase de materias y especialidades, a clientes locales y extranjeros, y demás actividades de servicios profesionales relacionadas directamente con las anteriores, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de los servicios descritos, e invertir sus frutos en instrumentos de renta fija o variable que le permitan cumplir sus fines sociales
Administración
En caso de incapacidad sobreviniente o de fallecimiento de Alfonso Mora Domínguez, situación que no deberá ser acreditada frente a terceros, la administración y uso de la razón social corresponderá a María Cecilia Mora del Río, Juan Cristóbal Mora Domínguez, María Loreto Mora Domínguez y María Jesús Mora Domínguez quienes siempre deberán actuar dos conjuntamente cualquiera de ellos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y rol único tributario número 8.215.914-2, Notario Público Titular de la 38° Notaría de esta ciudad, con domicilio en calle Miraflores número 178, 5° piso, certifico: que por escritura pública de fecha 11 de julio de 2022, Repertorio N° 40.958 - 2022, ante mí, ALFONSO MORA DOMÍNGUEZ, cédula de identidad N° 16.937.561-5, y MARÍA CECILIA MORA DEL RÍO, , cédula de identidad N° 8.527.155-7, constituyeron Sociedad por de Responsabilidad Limitada de cuyos estatutos extracto. Nombre: La razón social será “ASESORÍAS MD LIMITADA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de todo tipo de servicios y asesorías de carácter legal y judicial, en toda clase de materias y especialidades, a clientes locales y extranjeros, y demás actividades de servicios profesionales relacionadas directamente con las anteriores, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de los servicios descritos, e invertir sus frutos en instrumentos de renta fija o variable que le permitan cumplir sus fines sociales. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 10 años a contar de la fecha de la escritura pública de constitución social, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, 12 meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente. Capital: $100.000 pesos que los socios aportan de la siguiente forma: (a) Alfonso Mora Domínguez aporta la suma de $99.000 pagado en efectivo en acto de constitución; y (b) María Cecilia Mora del Río aporta la suma de $1.000 pagado en efectivo en acto de constitución. Ambos socios aportan su trabajo personal. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus aportes. Si bien no es materia de extracto, se deja constancia que la sociedad será administrada individualmente por Alfonso Mora Domínguez, quien anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración. En caso de incapacidad sobreviniente o de fallecimiento de Alfonso Mora Domínguez, situación que no deberá ser acreditada frente a terceros, la administración y uso de la razón social corresponderá a María Cecilia Mora del Río, Juan Cristóbal Mora Domínguez, María Loreto Mora Domínguez y María Jesús Mora Domínguez quienes siempre deberán actuar dos conjuntamente cualquiera de ellos. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 18 de julio de 2022.