CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ALARMAS SONAR SpA

CVE 2159669
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de julio de 2022

Instrumento

Fecha
19 de julio de 2022
Notario
ABDALLAH FERNÁNDEZ ATUEZ
Domicilio
Osorno con oficio en calle Avenida Nueva Mackenna ochocientos setenta y uno

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Osorno

Objeto social

1.- Servicios de seguridad privada. 2.- Instalación y mantención de equipos electrónicos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ABDALLAH FERNÁNDEZ ATUEZ, Notario Público Titular de Osorno con oficio en calle Avenida Nueva Mackenna ochocientos setenta y uno, Certifica: Que por escritura pública de fecha doce de julio del año dos mil veintidós, repertorio número tres mil cuatrocientos sesenta y nueve guion dos mil veintidós, otorgada ante el notario suplente, de la tercera notaría de Osorno, don Nicolás Valenzuela González; GERARDO AARÓN CAÑULEF ASENJO, chileno, soltero, ingeniero en gestión informática, cédula de identidad catorce millones treinta y ocho mil quinientos cuarenta y seis guion ocho, con domicilio en Osorno, pasaje Tapihue dos mil ciento sesenta y seis; CRISTIAN EDUARDO AZÓCAR ORTIZ, chileno, soltero, técnico eléctrico, cédula de identidad quince millones doscientos noventa y seis mil setecientos uno guion dos, con domicilio en Osorno, calle Santa María mil setecientos noventa y cuatro; CLAUDIO ANDRÉS LAICHLE CATALÁN, chileno, soltero, empleado, cédula de identidad diecinueve millones quinientos treinta y seis mil setecientos nueve guion cuatro, con domicilio en Osorno, calle Los Laureles mil ciento treinta y cinco; ROBER ALEXI HUICHAMÁN IGOR, chileno, soltero, técnico en telecomunicaciones, cédula de identidad diecinueve millones quinientos treinta y seis mil ochocientos quince guion cinco, con domicilio en camino Puerto Octay, kilómetro doce, casa dos; HUMBERTO LEONEL OLIVARES HERNÁNDEZ, chileno, soltero, empleado, cédula de identidad diecisiete millones seiscientos cuarenta y ocho mil quinientos cuarenta y uno guion ocho, con domicilio en calle Carimallín S/N, Río Bueno y de paso en ésta; RODRIGO ELICERIO DÍAZ ARRIAGADA, chileno, casado, empleado, cédula de identidad nueve millones quinientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos noventa guion K, con domicilio en Osorno, calle Santa Margarita mil novecientos cuarenta y uno; ERWIN EDUARDO SANTIBÁÑEZ OYARZO, chileno, soltero, empleado, cédula de identidad dieciséis millones trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos cuarenta y nueve guion ocho, con domicilio en Osorno, calle Profeta Samuel mil treinta y siete: CÉSAR GABRIEL CATALÁN MANQUE, chileno, soltero, empleado, cédula de identidad dieciséis millones quinientos trece mil sesenta y nueve guion tres, con domicilio en Osorno, calle Alto Jahuel mil novecientos once; y JUAN ANTONIO GAJARDO AGUILAR, chileno, casado, empleado, cédula de identidad once millones cuatrocientos once mil quinientos veintitrés guion uno, con domicilio en Osorno, calle Santa Margarita dos mil quinientos cuarenta, constituyen sociedad por acciones. Razón Social: “ALARMAS SONAR SpA”. Objeto: 1.- Servicios de seguridad privada. 2.- Instalación y mantención de equipos electrónicos.- Capital Social: $5.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, y sin valor nominal que los accionistas pagan de la siguiente forma: El accionista GERARDO AARÓN CAÑULEF ASENJO suscribe y paga en este acto 26 acciones, lo que equivale al 26% del capital social, enterándose con ello la suma de 1.000.000.- de pesos en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. El accionista CRISTIAN EDUARDO AZÓCAR ORTIZ suscribe y paga en este acto 25 acciones, lo que equivale al 25% del capital social, enterándose con ello la suma de 1.000.000.- de pesos en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. El accionista CLAUDIO ANDRÉS LAICHLE CATALÁN suscribe y paga en este acto 7 acciones, lo que equivale al 7% del capital social, enterándose con ello la suma de 350.000.- pesos en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. El accionista ROBER ALEXI HUICHAMAN IGOR suscribe y paga en este acto 7 acciones, lo que equivale al 7% del capital social, enterándose con ello la suma de 350.0000.- pesos en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. El accionista HUMBERTO LEONEL OLIVARES HERNÁNDEZ suscribe y paga en este acto 7 acciones, lo que equivale 7% del capital social, enterándose con ello la suma de 350.000.- pesos en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. El accionista RODRIGO ELICERIO DÍAZ ARRIAGADA suscribe y paga en este acto 7 acciones, lo que equivale al siete por ciento del capital social, enterándose con ello la suma de 350.000.- pesos en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. El accionista ERWIN EDUARDO SANTIBÁÑEZ OYARZO suscribe y paga en este acto 7 acciones, lo que equivale al siete por ciento del capital social, enterándose con ello la suma de 350.000.- pesos en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. El accionista CÉSAR GABRIEL CATALÁN MANQUE suscribe y paga en este acto 7 acciones, lo que equivale al siete por ciento del capital social, enterándose con ello la suma de 350.000.- pesos en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. El accionista JUAN ANTONIO GAJARDO AGUILAR suscribe y paga en este acto 7 acciones, lo que equivale al siete por ciento del capital social, enterándose con ello la suma de 350.000.- pesos en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. Domicilio: Osorno, sin perjuicio de agencias, sucursales u oficinas resto del país y en el extranjero. Representación, administración y uso de razón social: Corresponderá en forma conjunta a los señores GERARDO AARÓN CAÑULEF ASENJO y don CRISTIAN EDUARDO AZÓCAR ORTIZ el cargo de administradores o gerentes generales quienes, anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, que se señalan en artículo undécimo escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Osorno, 19 de julio de 2022.-